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11/06/2026 · BOE-A-2026-12675

Resolución sobre la denegación de inscripción de georreferenciación de una finca en Vigo

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública revoca una calificación negativa y ordena la reapertura del expediente por falta de motivación objetiva.

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública ha resuelto el recurso interpuesto por Inmobiliaria Meridional Gallega, S.L. contra la decisión de la registradora de la Propiedad de Vigo número 5, quien había denegado la inscripción de la rectificación descriptiva y la georreferenciación alternativa de la finca registral 19.155. La denegación original se basó en las alegaciones de una colindante, doña E. G. R., quien sostuvo que la nueva representación gráfica invadía su propiedad, reduciendo la superficie catastral de sus fincas de 1.789 a 1.745 metros cuadrados.

El recurrente argumentó que la diferencia de superficie se encontraba dentro del margen del 10% permitido por ley y que la finca estaba delimitada físicamente por muros y red metálica. Asimismo, señaló que la oposición de la colindante carecía de soporte técnico, basándose únicamente en datos catastrales y no en una georreferenciación alternativa de sus propias fincas registrales.

La Dirección General ha estimado el recurso, determinando que la registradora no motivó objetivamente el juicio de identidad ni concretó cómo la georreferenciación afectaba a la realidad física de las tres fincas de la colindante. Se ha señalado que la mera oposición basada en la cartografía catastral no es motivo suficiente para denegar la inscripción de una representación gráfica alternativa, especialmente cuando no se aporta un informe técnico que sustente la invasión.

Como consecuencia, se revoca la nota de calificación y se ordena la reapertura del expediente. Se requiere a la colindante que aporte la georreferenciación alternativa de la finca concretamente invadida y la documentación que acredite su propiedad sobre la porción de terreno situada más allá del muro delimitador. Solo si no se presentan alegaciones en el plazo legal o si estas no son estimadas, se procederá a la inscripción de la georreferenciación solicitada.

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