27/04/2026 · BOE-A-2026-9174
El Gobierno impulsa la ampliación del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama
El Consejo de Ministros aprueba la propuesta inicial de expansión del espacio protegido, estableciendo un régimen de protección preventiva que prohíbe la urbanización de los suelos afectados.
El Organismo Autónomo Parques Nacionales ha publicado, con fecha 27 de abril de 2026, la resolución que hace oficial el Acuerdo del Consejo de Ministros del 31 de marzo de 2026. Mediante este acto, se aprueba la propuesta inicial para la ampliación del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama, siguiendo el procedimiento administrativo establecido en los artículos 8 y 11.1 de la Ley 30/2014 de Parques Nacionales, que exige la concurrencia de la voluntad del Gobierno central y los órganos correspondientes de las comunidades autónomas implicadas.
La medida conlleva la aplicación inmediata de un régimen de protección preventiva, amparado en el artículo 9 de la citada ley. Bajo este marco, queda prohibida la concesión de cualquier autorización, licencia o concesión adicional que altere la realidad física o biológica del terreno sin un informe favorable de la administración ambiental competente. De manera taxativa, el suelo incluido en la propuesta no podrá ser clasificado como urbano ni susceptible de urbanización, estableciéndose que el silencio administrativo en estos expedientes será desestimatorio tras un plazo de tres meses.
El área objeto de ampliación se integra actualmente en la Zona Periférica de Protección del parque, ya delimitada por la Ley 7/2013. Por ello, la administración subraya que ya existía un régimen de protección previo basado en el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Sierra de Guadarrama y el planeamiento urbanístico municipal, que ya calificaban estos suelos como no urbanizables de protección.
Para garantizar la coherencia normativa, el proyecto se complementará con el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional (Decreto 18/2020) en los sectores parcialmente integrados, así como con las normas ambientales sectoriales vigentes. Este blindaje preventivo entrará en vigor desde la adopción de la propuesta y se mantendrá hasta que se apruebe la ley definitiva de ampliación o, en su defecto, durante un periodo máximo de cinco años.