20/04/2026 · BOE-A-2026-8592
El Ministerio de Sanidad amplía la cartera de servicios comunes con nuevos cribados y ajustes en reproducción asistida
La Orden SND/356/2026 actualiza los protocolos de salud pública, extendiendo el cribado de cáncer colorrectal hasta los 74 años e incorporando nueve enfermedades congénitas al programa de prueba del talón.
El Ministerio de Sanidad ha publicado el 20 de abril de 2026 la Orden SND/356/2026, mediante la cual se modifican los anexos I, II y III del Real Decreto 1030/2006 para actualizar la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud (SNS). Esta medida responde a la necesidad de cohesionar la vigilancia en salud pública tras las lecciones de la pandemia de COVID-19 y alinearse con el Real Decreto 568/2024, que crea la Red Estatal de Vigilancia en Salud Pública, integrando factores de bienestar, morbilidad y mortalidad más allá de las enfermedades transmisibles.
En el ámbito de la prevención, destaca la transformación del programa de cribado neonatal, que pasa a denominarse «Programa de cribado neonatal de enfermedades congénitas en prueba de talón». Se incorporan nueve patologías adicionales: acidemia propiónica, deficiencia primaria de carnitina, deficiencia de acil-coA deshidrogenasa de cadena muy larga, acidemias metilmalónicas (aislada y con homocistinuria), acidemia isovalérica, inmunodeficiencia combinada grave, atrofia muscular espinal, aciduria 3-hidroxi-3-metilglutárica y adrenoleucodistrofia ligada al cromosoma X. Las comunidades autónomas disponen de un plazo de un año para adaptar sus carteras a estas inclusiones.
Asimismo, la norma amplía el cribado poblacional de cáncer colorrectal hasta los 74 años, siguiendo las recomendaciones del Consejo de la UE del 9 de diciembre de 2022. La implementación será progresiva: las administraciones regionales deberán iniciar la modificación del programa en cinco años y alcanzar una cobertura cercana al 100% en el grupo de 70 a 74 años en un plazo de diez años. Por otro lado, se incluye la preeclampsia dentro del programa de cribado prenatal.
En materia de reproducción humana asistida, la Orden elimina la restricción de edad previa (36 años) para pacientes con fallo ovárico clínico prematuro que accedan a la fecundación in vitro con ovocitos donados. Con este cambio, se homogeneizan los criterios de acceso, estableciendo que el límite de edad para la mujer o persona transexual gestante sea inferior a 40 años, independientemente del criterio clínico específico.
Finalmente, el documento armoniza los servicios de rehabilitación para pacientes con déficit funcional, siguiendo la Ley 3/2024 sobre Esclerosis Lateral Amiotrófica y otras enfermedades de alta complejidad, priorizando la autonomía y calidad de vida. Además, se modifica la Orden SND/606/2024 para integrar la participación de pacientes en el Comité Asesor para la Cartera Común de Servicios en el Área de Genética, reforzando el derecho a la participación ciudadana consagrado en la Ley General de Sanidad.