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15/04/2026 · BOE-A-2026-8283

El Gobierno blinda el sector del transporte ante la crisis energética con medidas estructurales y ayudas directas

El Real Decreto-ley 9/2026 introduce una fórmula dinámica de revisión de precios para el transporte por carretera, endurece las sanciones por incumplimiento y destina más de 3 millones de euros al sector ferroviario para paliar el impacto de la guerra en Irán.

El Gobierno ha aprobado el Real Decreto-ley 9/2026, de 14 de abril, como respuesta urgente a la escalada de precios de los combustibles provocada por el conflicto bélico en Irán. La norma reconoce que el incremento de los costes energéticos, estimado en un 30%, ha puesto en riesgo la viabilidad económica del transporte de mercancías por carretera, sector que soporta el 95% del traslado de productos en España y que presenta una dificultad estructural para trasladar estos sobrecostes a los clientes finales.

La medida más ambiciosa es la reforma del sistema de contratación en el transporte por carretera. Se sustituye la fórmula de revisión de precios de la Orden FOM/1882/2012 por una variable dinámica basada en tablas de precios del gasóleo antes de impuestos. Esta actualización busca evitar la dependencia de decretos coyunturales, permitiendo una respuesta automática ante la volatilidad del mercado. Además, se modifica la Ley 15/2009 para obligar a que cualquier variación del precio del combustible se refleje de forma desglosada y obligatoria en la factura, eliminando la posibilidad de pactos alternativos que pudieran perjudicar al transportista.

Para garantizar que estas revisiones no queden en el papel, el Ejecutivo ha endurecido el régimen sancionador. A través de la modificación de la Ley 16/1987 de Ordenación de los Transportes Terrestres, se tipifican nuevas infracciones relacionadas con la vulneración de la obligatoriedad de variar el precio del combustible entre la contratación y la ejecución del servicio, dotando a la Administración de herramientas coercitivas para asegurar el equilibrio contractual.

En el ámbito ferroviario, el Gobierno ha aprobado un crédito extraordinario de 3.150.000 euros para compensar el sobrecoste de los carburantes en el ejercicio 2026. Estas ayudas directas, destinadas a empresas con código CNAE 4920, se concederán a razón de 15.000 euros por cada locomotora diésel activa. El reparto incluye partidas específicas para Renfe Mercancías (800.000 €), Eusko Trenbideak-Ferrocarriles Vascos (150.000 €) y un fondo común de 2.200.000 € para el resto de operadores ferroviarios.

Finalmente, la norma amplía el alcance de las ayudas previas del Real Decreto-ley 7/2026. Se incluyen ahora los taxis adaptados y se extiende la cobertura al transporte marítimo regular de carga pura entre puertos peninsulares y los archipiélagos Balear y Canario, así como Ceuta y Melilla. El conjunto de estas medidas entra en vigor el 16 de abril de 2026, el día siguiente a su publicación en el BOE.

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