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09/04/2026 · BOE-A-2026-7967

España remodela el marco legal de la economía social para combatir la exclusión y digitalizar el cooperativismo

La Ley 1/2026 actualiza normativas obsoletas de cooperativas y empresas de inserción, introduciendo la obligatoriedad de planes de igualdad y el reconocimiento de nuevas figuras empresariales sociales.

El Gobierno de España, bajo la sanción del Rey Felipe VI y la firma del presidente Pedro Sánchez Pérez-Castejón, ha publicado el 9 de abril de 2026 la Ley 1/2026, de 8 de abril, integral de impulso de la economía social. Esta norma, que entró en vigor el 10 de abril de 2026, busca actualizar un ecosistema normativo fragmentado y, en algunos casos, anacrónico, adaptándolo a la realidad digital y a las nuevas dinámicas de vulnerabilidad social surgidas tras la crisis sanitaria. La ley actúa como un motor de reforma transversal que modifica cuatro leyes fundamentales y afecta a normativas de prevención de riesgos laborales, contratación pública e ingreso mínimo vital.

En el ámbito de las cooperativas, la reforma de la Ley 27/1999 introduce un cambio disruptivo al priorizar la digitalización. Se regulan los derechos telemáticos de los socios y se impone la obligatoriedad de mantener una página web corporativa para aquellas sociedades que superen los 500 socios, otorgando un plazo de un año para su implementación. Un punto crítico es la creación de la Comisión de Igualdad, órgano encargado de ejecutar planes de igualdad cooperativos. Asimismo, la ley endurece la lucha contra las 'falsas cooperativas', estableciendo mecanismos de descalificación administrativa para aquellas entidades que utilicen la apariencia cooperativa para perseguir fines prohibidos o contrarios al ordenamiento jurídico.

La actualización de la Ley 44/2007 sobre empresas de inserción marca un giro conceptual relevante: se desvincula la contratación de la estigmatización de la 'exclusión' para centrarse en factores externos de vulnerabilidad (económicos, sociales o ambientales). Para garantizar la competitividad de estas entidades frente al mercado ordinario, la norma refuerza la reserva de derechos en la adjudicación de contratos públicos y alinea su régimen laboral con la contratación indefinida, siguiendo la estela del Real Decreto-ley 32/2021. Las empresas ya existentes disponen de un año para adaptar sus estructuras a estas nuevas previsiones.

Respecto a la Ley 5/2011 de Economía Social, el texto reconoce finalmente la complejidad del sector al incorporar los centros especiales de empleo de iniciativa social y las entidades de comercio justo. Resulta especialmente crítico el tratamiento del Catálogo de Entidades de Economía Social; tras doce años de inactividad desde su concepción original, la ley lo resignifica, transformándolo en una herramienta meramente estadística. Además, se blinda la naturaleza singular de la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) y se establecen compromisos para la transformación de empresas convencionales en formas jurídicas de economía social.

En el plano fiscal, la modificación de la Ley 20/1990 introduce la figura de la 'cooperativa especialmente protegida' para las cooperativas de vivienda en régimen de cesión de uso, siempre que carezcan de ánimo de lucro y no distribuyan retornos. Este ajuste busca dinamizar el acceso a la vivienda frente a la crisis habitacional. Finalmente, la ley impacta en la Ley 19/2021 de Ingreso Mínimo Vital, ajustando los itinerarios de inserción laboral y la compatibilidad de las ayudas con el empleo generado en estas entidades sociales, cerrando así un círculo regulatorio que intenta integrar la eficiencia económica con la cohesión social.

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