09/04/2026 · BOE-A-2026-7966
España endurece la respuesta penal contra la multirreincidencia y el robo de dispositivos electrónicos
La nueva Ley Orgánica 1/2026 modifica el Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal para combatir los hurtos reiterados, protege el sector agrario y otorga a los ayuntamientos legitimación para ejercer la acción penal.
Publicada en el Boletín Oficial del Estado el 9 de abril de 2026, la Ley Orgánica 1/2026, de 8 de abril, introduce una reforma sustancial en el sistema penal español con el objetivo de corregir las 'disfunciones' en la respuesta judicial ante la multirreincidencia. La norma, que entrará en vigor el 10 de abril de 2026, responde a la presión de administraciones locales y cuerpos de seguridad ante el incremento de delitos contra el patrimonio que afectan la convivencia ciudadana y el comercio local, buscando un equilibrio entre la proporcionalidad de la pena y la eficacia punitiva.
Uno de los ejes centrales de la reforma es la creación de supuestos agravados específicos para la sustracción de teléfonos móviles y dispositivos electrónicos. El legislador justifica este tratamiento especial argumentando que el perjuicio trasciende el valor material del dispositivo, afectando la privacidad, la seguridad de datos bancarios y la comunicación esencial de la víctima. Asimismo, se simplifica la protección del sector rural mediante la modificación del artículo 235.1.4.º del Código Penal, estableciendo que para el tipo agravado de hurto en explotaciones agrícolas y ganaderas bastará con acreditar que el valor de lo sustraído supera los 400 euros, eliminando así litigios sobre la gravedad del perjuicio operativo.
La ley también pone el foco en el fraude y la estafa, actualizando los artículos 248 y 250 del Código Penal para combatir modalidades reiteradas que afectan especialmente a personas mayores y colectivos vulnerables. Adicionalmente, se incorpora una respuesta penal específica contra la práctica del 'petaqueo' mediante la adición de un segundo apartado al artículo 568 del Código Penal, dotando al sistema de una herramienta más precisa contra el robo de componentes eléctricos en vehículos y suministros.
En el ámbito procesal, se producen cambios significativos en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim). Se modifican los artículos 13 y 544 bis para agilizar la adopción de medidas cautelares personales, como la prohibición de residir o acudir a ciertos lugares. Un avance notable es la modificación del artículo 105 de la LECrim, que reconoce ahora a las entidades locales la legitimación para ejercer la acción penal en delitos de hurto, permitiendo que los ayuntamientos actúen directamente contra la multirreincidencia en sus municipios.
Finalmente, la norma aborda la saturación judicial mediante una disposición final que obliga a los Tribunales Superiores de Justicia a alcanzar una ratio de al menos un juez de adscripción territorial por cada 100.000 habitantes en un plazo máximo de dos años. Esta dotación se realizará mediante nuevas promociones judiciales, priorizando aquellas comunidades autónomas que se encuentren más alejadas de la media de la Unión Europea, buscando así reducir la brecha de capacidad operativa de la Administración de Justicia.