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07/04/2026 · BOE-A-2026-7828

Cataluña modifica su ley de comercio para adaptarse al comercio electrónico y flexibilizar horarios e implantación de locales

La Ley 12/2025 reforma la normativa comercial para regular las 'tiendas oscuras', proteger comercios históricos, facilitar la apertura en municipios rurales y ajustar los plazos de prescripción de infracciones tras una sentencia del Constitucional.

El Parlamento de Cataluña ha aprobado una reforma de su marco normativo comercial que introduce cambios significativos en la ordenación del sector, con especial atención a los retos del comercio electrónico y la revitalización del tejido comercial local. La Ley 12/2025, de 29 de diciembre, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 7 de abril de 2026, modifica la Ley 18/2017, de 1 de agosto, de comercio, servicios y ferias, y el Decreto-ley 1/2009, de 22 de diciembre, de ordenación de los equipamientos comerciales. La norma busca dar respuesta a las transformaciones económicas, sociales y digitales de los últimos años, reconociendo expresamente fenómenos como la proliferación de los llamados 'dark stores' o 'tiendas oscuras', espacios dedicados al cumplimiento de pedidos online que operan en un umbral entre establecimiento comercial y almacén.

Entre las novedades más destacadas se encuentra la creación de un nuevo régimen para los establecimientos emblemáticos o históricos, que se definen y reciben medidas específicas de fomento y protección en un nuevo artículo 53 bis de la Ley 18/2017. Asimismo, se añade un artículo 54 bis que establece medidas de apoyo a la actividad comercial en municipios rurales, incluyendo la posibilidad de elaborar planes estratégicos territoriales. Para dinamizar las ventas, se unifica y aclara la regulación de las actividades promocionales, cambiando la denominación 'actividad de promoción con finalidad incentivadora' por la más comprensible de 'venta en oferta o promoción'. Se precisa que el precio anterior de referencia será el más bajo aplicado en los treinta días previos a la promoción.

La ley también flexibiliza los horarios comerciales. Modifica la disposición adicional primera de la Ley 18/2017 para permitir a los ayuntamientos sustituir hasta dos fechas en el calendario de domingos y festivos con apertura autorizada, y concede a las empresas de alimentación y productos cotidianos la posibilidad de proponer hasta tres fechas alternativas. Este cambio busca paliar el despilfarro alimentario que puede producirse cuando coinciden varios días festivos consecutivos de cierre obligatorio. No obstante, la norma subraya que cualquier apertura en festivo debe ir acompañada de una negociación colectiva que garantice el derecho al descanso y compensaciones adecuadas para el personal.

En el ámbito sancionador, la reforma incorpora un mandato del Tribunal Constitucional. La Sentencia 117/2022 había declarado inconstitucionales los plazos de prescripción de infracciones y sanciones previstos en el artículo 69 de la Ley 18/2017 por apartarse de la Ley estatal 7/1996, de ordenación del comercio minorista. La nueva redacción ajusta los plazos: las infracciones muy graves prescriben a los tres años, las graves a los dos años y las sanciones leves a los seis meses. Además, se tipifica como infracción grave la indicación incorrecta del precio anterior en una oferta.

El capítulo II de la ley modifica el Decreto-ley 1/2009 de ordenación de equipamientos comerciales para facilitar la implantación de pequeños establecimientos comerciales (PEC). En municipios de hasta 5.000 habitantes, estos podrán ubicarse en cualquier emplazamiento donde urbanísticamente se admita el uso comercial, sin estar restringidos a la trama urbana consolidada. Se suprimen requisitos considerados excesivos, como la necesidad de una 'parcela aislada' para implantaciones fuera de la trama urbana, y se simplifica la tramitación administrativa para alinearla con la Ley 18/2020, de facilitación de la actividad económica. Finalmente, se habilita la instalación de establecimientos comerciales de hasta 300 m² en aparcamientos de intercambio modal de transporte público.

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