30/03/2026 · BOE-A-2026-7193
El Gobierno establece las nuevas tarifas de gas de último recurso para consumidores vulnerables y empresas desde abril de 2026
La Dirección General de Política Energética y Minas publica los precios regulados, que se amplían a comunidades de vecinos y edificios públicos. Las tarifas incorporan una exención del canon de almacenamiento derivada del Plan de Respuesta a la crisis en Oriente Medio.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) del 30 de marzo de 2026 ha publicado la Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se fijan los nuevos precios de la tarifa de último recurso (TUR) de gas natural, que entrarán en vigor a las cero horas del próximo 1 de abril. Esta tarifa, un precio regulado por el Estado, actúa como una oferta de suministro de garantía para aquellos consumidores que, por sus características de consumo o situación, no contraten una oferta en el mercado libre.
La normativa amplía significativamente el ámbito de aplicación de la TUR. Además de los consumidores domésticos individuales con un consumo anual inferior a 50.000 kWh, podrán acogerse a ella las comunidades de propietarios de viviendas residenciales, los edificios de titularidad pública o de organizaciones sin ánimo de lucro destinados a vivienda, y las empresas de servicios energéticos que presten servicio a estos colectivos. Este cambio, introducido por el Real Decreto-ley 4/2024, busca proteger a un espectro más amplio de usuarios frente a la volatilidad de los precios energéticos.
Los nuevos precios sin impuestos, calculados conforme a la metodología de la Orden ITC/1660/2009, se estructuran en once tramos (TUR.1 a TUR.11) en función del volumen de consumo anual. Para el consumidor doméstico típico, los tramos relevantes son los tres primeros: la TUR.1 (hasta 5.000 kWh/año) tiene un término fijo de 3,93 €/mes y un término variable de 3,822924 céntimos por kWh; la TUR.2 (entre 5.000 y 15.000 kWh/año) tiene un término fijo de 8,11 €/mes y un variable de 3,613034 céntimos/kWh; y la TUR.3 (entre 15.000 y 50.000 kWh/año) un fijo de 18,82 €/mes y un variable de 3,268970 céntimos/kWh. Los tramos superiores, destinados a consumidores industriales y grandes consumidores, presentan términos fijos que escalan hasta los 182.105,30 €/mes para la TUR.11.
Un elemento clave en el cálculo de esta revisión ha sido la aplicación del artículo 8.1 del Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, que aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio. Esta norma establece que a la capacidad de almacenamiento de gas que supere los veinte días de consumo se le aplica un canon de 0 €. En la práctica, esto ha supuesto excluir de la fórmula de cálculo cuarenta días de almacenamiento, un factor que ha influido en la determinación final de los precios y que está directamente vinculado al contexto geopolítico y a las medidas para garantizar la seguridad del suministro.
La resolución, firmada por el Director General de Política Energética y Minas, Manuel García Hernández, también establece los mismos precios para el suministro de gas manufacturado y aire propanado en territorios insulares, donde aún no está disponible el gas natural. Asimismo, se detalla que el coste de la materia prima para este trimestre se ha calculado en 2,141082 céntimos por kWh, partiendo de un precio del barril de Brent de 71,127 dólares y un tipo de cambio de 1,1723 $/€.
Contra esta resolución, que surte efectos desde el 1 de abril de 2026, cabe interponer recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes desde su publicación en el BOE. La medida se enmarca en un marco legal complejo que incluye la Ley 34/1998, del sector de hidrocarburos, y sus modificaciones, buscando equilibrar la protección de los consumidores más vulnerables con la sostenibilidad económica del sistema gasista en un escenario internacional marcado por la incertidumbre.