27/03/2026 · BOE-A-2026-7106
El Gobierno recalibra las ayudas al sector pesquero y rectifica vedas en el Mediterráneo
La nueva Orden APA/281/2026 introduce modificaciones en los criterios de subvenciones para armadores y pescadores, corrige errores geográficos en las zonas de Calpe y Altea y deroga los límites de captura de gamba roja.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, bajo la dirección de Luis Planas Puchades, ha publicado el 27 de marzo de 2026 la Orden APA/281/2026, fechada el 23 de marzo. Esta norma actúa como un instrumento de ajuste técnico y administrativo destinado a optimizar la gestión de las ayudas públicas y la conservación de los recursos marinos, interviniendo sobre diversas disposiciones previas para garantizar la seguridad jurídica y la eficacia del gasto público.
En el ámbito financiero, el Ministerio modifica la Orden APA/1232/2024 (ayudas a armadores) y la Orden APA/1254/2025 (ayudas a pescadores enrolados), ambas vinculadas a la paralización temporal de la actividad según el Reglamento (UE) n.º 1380/2013. La reforma busca eliminar ambigüedades en los criterios de valoración del artículo 12 de la primera norma y, fundamentalmente, introduce la posibilidad de prorratear las ayudas en la segunda, amparándose en la Ley 38/2003 General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006. Esta medida permite que, en caso de ampliación del crédito disponible, se incremente la cuantía percibida por los beneficiarios sin necesidad de abrir una nueva convocatoria, aportando flexibilidad administrativa ante la escasez de fondos iniciales.
Desde una perspectiva crítica, la Orden también admite la necesidad de subsanar errores materiales en la gestión de los recursos demersales del Mediterráneo. Se rectifica la Orden APA/85/2026 (que modificaba el plan de gestión de la Orden APA/423/2020), debido a que una errata en las coordenadas geográficas alteró la localización física de una veda en la zona de Calpe y Altea. Este tipo de fallos técnicos en la delimitación de zonas restringidas puede generar incertidumbre legal para los operadores pesqueros y dificultades en el control administrativo de las capturas.
Finalmente, la normativa procede a la derogación de la Orden APA/467/2025, del 13 de mayo, que establecía límites de volumen de capturas por buque para la gamba roja del stock ARA/GF1-7, al considerar que sus efectos han sido ya completados. La norma, fundamentada en la competencia exclusiva del Estado según el artículo 149.1.19.ª de la Constitución y los principios de buena regulación de la Ley 39/2015, entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE.