23/03/2026 · BOE-A-2026-6643
Andalucía aprueba una ley universitaria integral que centraliza la coordinación y establece sanciones de hasta 600.000 euros
La Ley 1/2026, publicada en el BOE el 23 de marzo de 2026, deroga la normativa anterior y crea un nuevo Consejo Andaluz de Coordinación Universitaria. Introduce exigencias como el nivel B2 de idiomas para titulaciones, regula las microcredenciales y refuerza el control autonómico sobre la creación de universidades y centros.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) de fecha 23 de marzo de 2026 publica la Ley 1/2026, de 20 de febrero, Universitaria para Andalucía, promulgada por el presidente de la Junta de Andalucía, Juan Manuel Moreno Bonilla. Esta norma, que consta de 144 artículos distribuidos en 10 títulos, deroga el texto refundido de la Ley Andaluza de Universidades y establece un marco regulatorio integral para el sistema universitario de la comunidad autónoma. La ley se presenta como una adaptación a la Ley Orgánica 2/2023, del Sistema Universitario, y busca responder a 'nuevas necesidades y retos' de la sociedad andaluza, reforzando la coordinación, la calidad y la rendición de cuentas.
Entre las novedades más significativas destaca la creación del Consejo Andaluz de Coordinación Universitaria, que sustituye al anterior Consejo Andaluz de Universidades y contará con dos comisiones permanentes. Este órgano, adscrito a la Consejería competente en materia de universidades, integrará a los rectores de universidades privadas y tendrá funciones de consulta, planificación y asesoramiento. Asimismo, se establece el Consejo Asesor de Estudiantes de las Universidades Públicas de Andalucía y se regula expresamente la figura del 'distrito único universitario' para coordinar la admisión a grados y másteres en las universidades públicas. En materia académica, la ley introduce la regulación de las microcredenciales (formaciones cortas de menos de 15 créditos ECTS) y exige que los planes de estudios incluyan la obtención de un nivel de competencia lingüística en lengua extranjera no inferior al B2 del Marco Común Europeo, requisito que será exigible a partir del 1 de octubre de 2029 para nuevas titulaciones y para el acceso a plazas de ayudante doctor y contratado doctor.
La norma refuerza considerablemente las competencias de inspección y sanción de la Junta de Andalucía. Crea una inspección universitaria propia, dependiente de la Consejería competente, y tipifica un régimen sancionador que clasifica las infracciones en leves, graves y muy graves. Las multas pueden alcanzar los 600.000 euros para las infracciones muy graves, como impartir enseñanzas sin autorización o falsear documentación en procesos de reconocimiento. Además, se prevén sanciones accesorias como el cierre de instalaciones, la revocación de autorizaciones o la inhabilitación para ejercer actividades universitarias hasta por cinco años. Las sanciones pecuniarias iguales o superiores a 30.001 euros serán publicadas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía una vez firmes.
En el ámbito de la gobernanza y la financiación, la ley consolida el modelo de contratos programa y establece que las universidades públicas deberán destinar al menos el 5% de su presupuesto a programas propios de investigación. Se regula con detalle la planificación estratégica de plantillas de profesorado y personal de administración y servicios, sometiendo las ofertas de empleo público y las relaciones de puestos de trabajo a un control de legalidad por parte de la Consejería. Para las universidades privadas y los centros adscritos privados se exige destinar un mínimo del 3% de su presupuesto a becas y ayudas al estudio, y se endurecen los requisitos para su creación y reconocimiento, exigiendo acreditar solvencia económico-financiera y una trayectoria contrastada en educación universitaria.
La ley, que entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, establece plazos transitorios para la adaptación de estatutos universitarios (hasta un año) y para la implantación de sistemas de contabilidad analítica (dos años). Si bien la norma se enmarca en la adaptación a la legislación básica estatal, su amplitud y el refuerzo de los mecanismos de control autonómicos pueden interpretarse como una recentralización de las competencias universitarias en la Junta de Andalucía. La efectividad de medidas como la exigencia del B2 o el fomento de la investigación dependerá en gran medida de la dotación presupuestaria final, que la ley remite al modelo de financiación plurianual.