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19/03/2026 · BOE-A-2026-6400

El Gobierno actualiza las ayudas por paralización de la pesca tras una auditoría europea que detectó irregularidades

Un real decreto modifica el cálculo de las indemnizaciones para los armadores tras una auditoría que señaló 'diferencias en el importe de las primas'. La norma busca ajustarse al reglamento europeo y utiliza datos estadísticos de 2018-2020.

El Gobierno ha modificado el sistema de cálculo de las ayudas a la paralización temporal de la actividad pesquera tras una auditoría europea que encontró discrepancias en los baremos utilizados. El Real Decreto 213/2026, publicado en el BOE el 19 de marzo de 2026, modifica el anexo III del Real Decreto 1173/2015, que desarrolla el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) en materia de estas ayudas.

La auditoría temática realizada por la Intervención General de la Administración del Estado, como Autoridad de Auditoría del Programa Operativo FEMPA, otorgó una valoración de 'Categoría 3 – funciona parcialmente, son necesarias mejoras importantes'. El informe definitivo, recibido por la Autoridad de Gestión del FEMPA (Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura) el 20 de octubre de 2025, señaló que se habían 'detectado diferencias en el importe de las primas correspondientes al baremo de coste fijo y al baremo lucro cesante' y propuso como medida correctora 'corregir las diferencias detectadas'.

El cambio se realiza para cumplir con el artículo 94 del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, que exige que los importes y porcentajes propuestos por el Estado sean 'justos, equitativos y verificables'. La nueva metodología se basa exclusivamente en datos recogidos en las Encuestas Económicas de Pesca Marítima para los años 2018, 2019 y 2020, que agrupan los buques de la flota española según caladero, arte y tramo de eslora. Estos datos fueron proporcionados por la Subdirección General de Análisis, Coordinación y Estadística del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

La fórmula para calcular la indemnización por paralización temporal, según el baremo actualizado, es: (prima coste fijo x gt) + (prima lucro cesante) x número de días de paralización. La actualización responde a la necesidad de adaptar las ayudas al periodo de financiación plurianual 2021-2027 del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA), establecido por el Reglamento (UE) 2021/1139, y de corregir las deficiencias identificadas por la auditoría.

Esta norma se dicta al amparo del artículo 149.1.19ª de la Constitución (legislación básica de ordenación del sector pesquero) y del artículo 149.1.13ª (bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica). En su tramitación se consultó a las comunidades autónomas y al sector pesquero afectado, y se recibieron informes de la Abogacía del Estado y la Intervención Delegada ante el Ministerio.

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