16/03/2026 · BOE-A-2026-6197
El Gobierno aprueba 125 millones en ayudas para la producción de baterías y pilas de combustible de hidrógeno para vehículos eléctricos
El Ministerio de Industria y Turismo establece las bases reguladoras de un régimen de subvenciones no competitivas para proyectos industriales en el marco del PERTE VEC, con un presupuesto de 125 millones de euros y gestionado por SEPIDES E.P.E. La convocatoria debe resolverse antes del 30 de junio de 2026.
El Ministerio de Industria y Turismo ha publicado este 16 de marzo de 2026 en el BOE la Orden ITU/218/2026, que establece las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos de producción de baterías y pilas de combustible de hidrógeno destinados exclusivamente al vehículo eléctrico. Estas ayudas, que suman un total de 125 millones de euros, se enmarcan en la inversión 6 del componente 12 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) y en el Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica del sector del Vehículo Eléctrico y Conectado (PERTE VEC), financiados con fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea. La gestión del régimen corresponde a la Sociedad Estatal de Promoción Industrial y Desarrollo Empresarial Entidad Pública Empresarial (SEPIDES E.P.E.), que actuará como entidad ejecutora.
Los beneficiarios podrán ser sociedades mercantiles de cualquier Estado miembro de la UE que desarrollen actividad industrial en los sectores especificados, excluyéndose al sector público. Los proyectos elegibles deben tener un presupuesto financiable mínimo de 30 millones de euros y encuadrarse en actividades como la producción de baterías, sus componentes esenciales o la recuperación de materias primas fundamentales. El procedimiento de concesión será de concurrencia no competitiva, atendiendo las solicitudes por riguroso orden de llegada, y las resoluciones deben publicarse antes del 30 de junio de 2026.
La orden fija intensidades máximas de ayuda que varían según la ubicación: desde un 15% de los costes subvencionables (con un límite de 150 millones por proyecto) en zonas no asistidas, hasta un 35% (350 millones) en zonas asistidas bajo el artículo 107.3.a) del TFUE, con incrementos para pymes. Además, exige que al menos el 40% de la financiación contribuya a objetivos climáticos y que los proyectos cumplan el principio de 'no causar un perjuicio significativo' (DNSH). Los beneficiarios deben acreditar una aportación mínima del 25% con recursos propios o financiación externa no pública.
Esta norma sustituye a anteriores órdenes y se acoge al nuevo Marco de ayudas estatales del Pacto por una Industria Limpia (CISAF), autorizado por la Comisión Europea en la Decisión SA.120985. Entre las obligaciones, destacan la prohibición de reubicación de actividad en los dos años anteriores o posteriores a la inversión y la constitución de garantías financieras, cuyo importe varía según la calificación crediticia de la empresa. El texto también incorpora requisitos de resiliencia para componentes fotovoltaicos, aerogeneradores o baterías de almacenamiento adquiridos, exigiendo diversificación geográfica de proveedores.
La publicación de estas bases se produce en un contexto de impulso a la transición industrial, alineado con el Plan Auto España 2030 y el informe Draghi sobre competitividad europea. No obstante, el mecanismo de concurrencia no competitiva y los elevados umbrales de inversión mínima pueden limitar el acceso a empresas más pequeñas, mientras que la gestión centralizada en SEPIDES E.P.E. plantea cuestiones sobre agilidad administrativa. Las ayudas buscan reforzar la cadena de valor estratégica del vehículo eléctrico, pero su efectividad dependerá de la capacidad de atraer inversiones privadas y cumplir con los estrictos condicionantes ambientales y temporales marcados por los fondos europeos.