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14/03/2026 · BOE-A-2026-6005

El BOE corrige erratas en el decreto de ayudas por los temporales que afectaron a Andalucía y Extremadura

Una corrección de errores subsana imprecisiones y un párrafo suprimido en el Real Decreto-ley 5/2026, que estableció medidas urgentes tras los daños meteorológicos.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado una corrección de errores del Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, un texto legal que adoptó medidas urgentes para paliar los daños causados por diversos fenómenos meteorológicos adversos, especialmente en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura. La rectificación, publicada el 14 de marzo de 2026, enmienda varias erratas y suprime un párrafo completo del documento original, publicado el 19 de febrero de 2026 en el BOE número 44.

Las correcciones son de carácter formal y lingüístico, pero algunas afectan a artículos sustantivos relacionados con el régimen de ayudas. Se subsanan errores ortográficos, como la escritura de 'Penísula Ibérica' por 'Península Ibérica', y gramaticales, como la omisión de preposiciones. También se corrigen referencias internas, como la mención al 'apartado 9 del artículo 29' que debe leerse como 'apartado 9 del artículo 23'.

Uno de los cambios más relevantes es la supresión íntegra del cuarto párrafo de la página 25519, que comenzaba con las palabras 'Por analogía, el régimen excepcional...'. La corrección no especifica el contenido ni el motivo de esta eliminación, lo que podría generar incertidumbre sobre el alcance de la normativa suprimida, aunque se trata de una modificación menor dentro del extenso decreto.

Además, se enmiendan referencias a la legislación tributaria en dos ocasiones. En los artículos 8 y 16, se especifica que a las ayudas 'les resultará de aplicación lo dispuesto en la disposición adicional quinta' de la Ley 35/2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, corrigiendo la mención numérica ('5') por la ordinal ('quinta'), un cambio que busca alinear el texto con la técnica legislativa formal.

La corrección también rectifica un error repetido en el artículo 23, donde en dos ocasiones se mencionaba la 'reparación de los datos sufridos' en lugar de la 'reparación de los daños sufridos', un lapsus que, de no subsanarse, podría haber causado confusión en la interpretación del derecho a las indemnizaciones. Estas rectificaciones buscan dotar de mayor precisión y seguridad jurídica a un texto normativo de carácter urgente y con un impacto económico y social significativo en las regiones afectadas.

Ver BOE original