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11/03/2026 · BOE-A-2026-5612

Navarra corrige una errata en la ley de vivienda que podría haber generado inseguridad jurídica

Una corrección publicada en el BOE enmienda la Ley Foral 15/2025 para suprimir la disposición adicional vigésima sexta, en lugar de la transitoria, como se había publicado erróneamente. La rectificación, de carácter técnico, pretende garantizar la precisión legal en una normativa que afecta al derecho a la vivienda y la Renta Mínima de Inserción.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) del 11 de marzo de 2026 ha publicado una corrección de errores de la Ley Foral 15/2025, de 27 de noviembre, de modificación de la Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo, del derecho a la vivienda en Navarra. La rectificación, firmada por el Presidente del Gobierno de Navarra, Unai Hualde Iglesias, en Pamplona el 13 de febrero de 2026, se limita a un cambio terminológico en el texto original, que fue publicado en el BOE número 305, de 20 de diciembre de 2025. En concreto, se modifica el artículo único, apartado quince, para que, donde antes decía 'Se suprime la disposición transitoria vigésima sexta', ahora diga 'Se suprime la disposición adicional vigésima sexta'.

Aunque aparentemente menor, esta enmienda es crucial desde un punto de vista técnico-legal. El error original consistía en referirse a una 'disposición transitoria' cuando el objeto real de la supresión era una 'disposición adicional'. Esta distinción no es baladí, ya que las disposiciones transitorias regulan la aplicación de la ley durante un período de cambio normativo, mientras que las adicionales contienen normativa complementaria de carácter más permanente. Una aplicación literal del texto erróneo podría haber creado confusión sobre qué precepto estaba siendo efectivamente derogado.

La Ley Foral 15/2025, cuya errata se corrige, es la norma que modifica la legislación navarra en materia de derecho a la vivienda, originalmente establecida por la Ley Foral 10/2010. Esta normativa regula aspectos clave como el acceso a la vivienda protegida, las políticas de arrendamiento y su vinculación con la asistencia social, incluyendo la Renta Mínima de Inserción. La disposición que se suprime con la modificación podría contener, por tanto, preceptos relacionados con estos ámbitos.

La corrección ya había sido publicada previamente en el Boletín Oficial de Navarra número 45, de 3 de marzo de 2026, cumpliendo así con el procedimiento de doble publicación (autonómico y estatal) que a veces requieren estas normas forales. Esta práctica es habitual para garantizar la máxima publicidad y seguridad jurídica, especialmente cuando las leyes forales pueden tener efectos más allá del ámbito autonómico o cuando se modifican derechos de amplio calado social.

El hecho de que se requiera una corrección de errores subraya la importancia de la precisión técnica en la redacción de leyes. Un error de este tipo, aunque fácil de rectificar una vez detectado, podría haber dado pie a interpretaciones contradictorias en procedimientos administrativos o judiciales relacionados con la vivienda y las ayudas sociales en la Comunidad Foral. La rectificación asegura que la voluntad normativa del Parlamento de Navarra se refleje con exactitud en el texto legal vigente.

Ver BOE original