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07/03/2026 · BOE-A-2026-5326

La Agencia Tributaria adapta el sistema de avales electrónicos a la nueva normativa antifraude de carburantes

Una resolución modifica el procedimiento de validación mediante código NRC para incluir las garantías del IVA exigidas en el sector de hidrocarburos tras su salida del depósito fiscal. La medida busca agilizar trámites y reforzar el control tributario en un sector históricamente expuesto al fraude.

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) ha actualizado su sistema de validación informática de avales para incorporar las nuevas garantías fiscales impuestas a las empresas que comercializan carburantes. La Resolución de 26 de febrero de 2026, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 7 de marzo, modifica el procedimiento establecido en 2006 para la validación mediante Número de Referencia Completo (NRC), ampliándolo específicamente a los avales que deben constituirse por el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) de gasolinas, gasóleos y biocarburantes.

Este cambio es consecuencia directa de la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, que, en su lucha contra el fraude en el mercado de hidrocarburos, introdujo en la Ley 37/1992 del IVA la obligación para depositantes o titulares de depósitos fiscales de mantener una garantía que asegure el pago del impuesto cuando los productos abandonen el régimen de depósito distinto del aduanero. Posteriormente, la Orden HAC/1497/2025, de 17 de diciembre de 2025, desarrolló los requisitos de estos avales y aprobó su modelo oficial.

La modificación técnica, impulsada por la Directora General de la AEAT, Soledad Fernández Doctor, habilita expresamente la validación mediante código NRC para este nuevo tipo de aval. Concretamente, se actualizan los anexos I y III de la Resolución de 28 de febrero de 2006 para incorporar el modelo de aval aprobado por la orden ministerial. El sistema NRC, que ya se utilizaba para otros avales tributarios y aduaneros, permite a las entidades de crédito y sociedades de garantía recíproca generar un identificador único tras comunicar electrónicamente el aval a Hacienda, agilizando su posterior verificación por la Administración y por el obligado tributario.

La resolución entrará en vigor el 8 de marzo de 2026, pero establece un periodo transitorio de adaptación. Las entidades avalistas que ya estuvieran adheridas al procedimiento NRC en la fecha de entrada en vigor no estarán obligadas a aplicar estas modificaciones hasta el 1 de julio de 2026. Este plazo busca facilitar la adaptación técnica de los sistemas informáticos de las entidades financieras.

La medida representa un paso más en la digitalización de los procedimientos fiscales y responde a la estrategia de la AEAT de incrementar la seguridad en el cobro de los créditos de Derecho Público. Sin embargo, también implica una nueva carga administrativa y de garantía financiera para las empresas operadoras en el sector de los carburantes, un ámbito sometido a un escrutinio reforzado por el histórico riesgo de fraude.

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