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18/02/2026 · BOE-A-2026-3793

La Dirección General de Trabajo registra el acuerdo salarial de Contenur para 2026, con un incremento general del 3%

El Acta de la Comisión Paritaria, suscrita por la empresa y los sindicatos UGT y CCOO, establece nuevas tablas salariales con efecto retroactivo al 1 de enero de 2026. La paga extraordinaria de San Martín de Porres se fija en 1.000 euros brutos anuales.

La Dirección General de Trabajo, dependiente del Ministerio de Trabajo y Economía Social, ha registrado y ordenado la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del Acta de la Comisión Paritaria del convenio colectivo de la empresa Contenur, SL, en la que se pacta el incremento salarial para el año 2026. La Resolución, firmada por la Directora General de Trabajo, María Nieves González García, el 6 de febrero de 2026, da carácter oficial al acuerdo alcanzado entre la dirección de la empresa y los representantes de los sindicatos UGT y Comisiones Obreras (CCOO).

El acuerdo, suscrito originalmente el 16 de enero de 2026 y subsanado el 4 de febrero del mismo año, establece un incremento salarial general del 3% para todos los trabajadores afectados por el convenio, con efectos desde el 1 de enero de 2026. Este aumento se aplica sobre la totalidad de los conceptos económicos retributivos, incluyendo el salario base, los pluses y las tres pagas extraordinarias (verano, navidad y abril), así como el plus de experiencia profesional consolidada. El acta aclara que, dado que el Índice de Precios al Consumo (IPC) anual no superó el 3%, los salarios fijados para 2025 se convierten en los definitivos sobre los que se calcula el incremento del presente ejercicio.

Como parte del acuerdo, la Comisión Paritaria también ha fijado la cuantía de la paga extraordinaria de San Martín de Porres (SMP) en 1.000 euros brutos anuales para 2026, conforme a lo previsto en el artículo 18 del convenio. El acta incluye como anexo las nuevas tablas salariales, que detallan la retribución anual bruta total por grupos profesionales, la cual oscila entre los 18.334,26 euros para el Grupo D.4 y los 38.650,09 euros para el Grupo A.1.1. Los firmantes por la parte empresarial fueron David Fernández Gil (Dirección de RRHH), Cristina Linares Pérez (RRHH), José González Rodríguez (RRHH) y Ana Gómez Hernández (asesora). Por la parte social, suscribieron el documento Rafael Iniesta Moraleda y Ángel Alfonso Jiménez Jimena (UGT), así como José Luis Adame Albaida y Juan José Montoya Pérez (CCOO).

La resolución de la Dirección General de Trabajo se adopta en aplicación del artículo 90, apartados 2 y 3, del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos. El acta registrada modifica el Convenio Colectivo de Contenur, SL (código 90104921012025), que fue publicado originalmente en el BOE el 15 de septiembre de 2025. El procedimiento concluye con la inscripción del acuerdo en el Registro de convenios colectivos y su publicación oficial, lo que otorga plena eficacia jurídica al incremento pactado.

Ver BOE original