17/02/2026 · BOE-A-2026-3718
El Gobierno aprueba nuevas bases para becas de internacionalización empresarial gestionadas por ICEX
La orden ministerial fusiona los programas de becas de ICEX y permite financiación FEDER. Sustituye normativas anteriores y busca formar capital humano para empresas españolas en el exterior.
El Ministerio de Economía, Comercio y Empresa ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del 17 de febrero de 2026 la Orden ECM/97/2026, de 13 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas en programas de talento para la internacionalización de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E. La norma, firmada por el ministro Carlos Cuerpo Caballero, unifica y actualiza el marco de dos programas de becas preexistentes: el Programa de Becas de Internacionalización Empresarial y el Proyecto ICEX Vives, derogando las órdenes anteriores que los regulaban (Orden ICT/100/2020 y Orden ICT/771/2022). Su objetivo final es facilitar la inserción laboral de jóvenes formados en internacionalización, ofreciéndoles prácticas formativas no laborales y contribuyendo a la competitividad de las empresas españolas en mercados exteriores.
Las ayudas, que no tienen consideración de salario, están dirigidas a personas físicas con nacionalidad de algún Estado miembro de la Unión Europea y residencia en España. Los requisitos incluyen ser mayor de edad (con límites que fijará cada convocatoria), poseer la titulación exigida, no tener antecedentes penales y no padecer enfermedades incompatibles con la actividad. Las bases establecen la posibilidad de reservar hasta un 5% de las plazas para personas con discapacidad reconocida igual o superior al 33%. La cuantía de las subvenciones, que cubrirán gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención, se determinará en cada convocatoria en función del coste de vida del destino y no podrá superar el coste real de la actividad. Además, se abre la puerta a la cofinanciación con fondos FEDER, conforme al Programa Plurirregional de España 2021-2027.
El procedimiento de concesión se realizará en régimen de concurrencia competitiva. Las solicitudes se presentarán electrónicamente y serán evaluadas por un Comité de Evaluación presidido por el Director de Talento para la Internacionalización de ICEX. Los criterios de valoración incluirán pruebas de habilidades, nivel avanzado de inglés (como mínimo B2), adecuación del perfil al programa y titulación académica. El órgano concedente será la Presidencia de ICEX, que deberá resolver en un plazo máximo de seis meses desde la publicación de cada convocatoria. En caso de incumplimiento, se prevé el reintegro de las cantidades percibidas.
Esta regulación se enmarca en la Estrategia de Internacionalización de la Economía Española 2017-2027 y en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ministerio 2024-2026. Se dicta al amparo de las competencias estatales en comercio exterior y coordinación de la actividad económica (artículo 149.1.10ª y 13ª de la Constitución) y se ajusta a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La orden entró en vigor el 18 de febrero de 2026, un día después de su publicación en el BOE.