14/02/2026 · BOE-A-2026-3450
El BOE registra la subida del 3% para los trabajadores del ciclo integral del agua en 2025 y 2026
La Dirección General de Trabajo publica las tablas salariales definitivas del último año y provisionales del presente, fruto del acuerdo entre la patronal DAQUAS y los sindicatos FICA-UGT y FSC-CC.OO. El incremento afecta al salario base y a la mayoría de complementos para los ocho grupos profesionales del sector.
La Dirección General de Trabajo, dependiente del Ministerio de Trabajo y Economía Social, ha registrado y ordenado la publicación en el Boletín Oficial del Estado del acuerdo que establece las retribuciones para los trabajadores del ciclo integral del agua en España. La Resolución de 30 de enero de 2026, firmada por la directora general María Nieves González García, da carácter oficial a las tablas salariales pactadas entre la Asociación Española de Empresas Gestoras de Agua Urbana (DAQUAS) y los sindicatos FICA-UGT y FSC-CC.OO., en el marco del VII Convenio Colectivo Estatal del sector, vigente para el periodo 2024-2027.
El acuerdo, alcanzado por la comisión paritaria el 21 de enero de 2026, fija un incremento lineal del 3% sobre las tablas del año anterior, tanto para el ejercicio 2025 —cuya tabla se declara ahora definitiva— como para el año en curso 2026, cuya tabla es provisional. Así, el salario mensual total (sumando base, plus de convenio y complemento de puesto) para 2026 oscila entre los 1.599,72 euros del Grupo Profesional 1 y los 1.947,94 euros del Grupo Profesional 6. En términos anuales, incluyendo las gratificaciones extraordinarias de verano y navidad, la horquilla va desde los 21.490,02 euros hasta los 26.122,70 euros.
El texto detalla minuciosamente el valor actualizado de una amplia gama de complementos salariales. Para 2026, la antigüedad se sitúa en 88,97 euros anuales, el complemento de administración en 25,75 euros mensuales, y el plus de nocturnidad en 1,98 euros por hora. Asimismo, se regulan y actualizan los pluses por turnicidad, guardias, servicio de retén (22 euros/día), intervención (14,71 euros/hora) y trabajo en festivos especiales (12,68 euros/hora). El kilometraje por uso de vehículo propio se mantiene en 0,26 euros por kilómetro.
Este registro administrativo, efectuado de conformidad con el artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores y el Real Decreto 713/2010, otorga fuerza jurídica al pacto y lo convierte en de obligado cumplimiento para todas las empresas y trabajadores incluidos en el ámbito del convenio estatal. La publicación en el BOE, correspondiente al número 40 de la fecha 14 de febrero de 2026, sección III, páginas 23703 a 23705, constituye el último paso para su plena efectividad.
La aplicación retroactiva de la tabla definitiva de 2025 implica que las empresas deberán ajustar las nóminas de sus empleados a los nuevos importes y abonar las diferencias salariales correspondientes desde el inicio de ese año. Para 2026, la naturaleza provisional de la tabla deja abierta la puerta a posibles revisiones o nuevos acuerdos dentro de la vigencia del convenio marco, que concluye en 2027.