14/02/2026 · BOE-A-2026-3386
Galicia aprueba una ley integral para proteger a los menores de las adicciones con fuertes restricciones al alcohol, tabaco y bebidas energéticas
La Ley 6/2025, publicada en el BOE el 14 de febrero de 2026, prohíbe la venta de bebidas energéticas a menores, equipara los vapeadores al tabaco, limita la publicidad y establece sanciones de hasta 600.000 euros. La normativa, que entrará en vigor el 7 de marzo, deroga la anterior ley de alcohol y busca la 'desnormalización' de los consumos.
La Comunidad Autónoma de Galicia ha dado un paso significativo en la regulación de las conductas adictivas con la aprobación de la Ley 6/2025, de 23 de diciembre, de protección de la salud de las personas menores y prevención de las conductas adictivas. Publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 14 de febrero de 2026, esta normativa autonómica de 65 artículos establece un marco integral que abarca desde la promoción de la salud hasta un riguroso régimen sancionador, con el objetivo declarado de proteger a la población menor de edad y avanzar en la 'desnormalización social' del consumo de sustancias psicoactivas y ciertos comportamientos. La ley entrará en vigor el 7 de marzo de 2026, dos meses después de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Entre las medidas más destacadas se encuentra la prohibición expresa de la venta y suministro de bebidas energéticas –definidas como aquellas con 32 mg/100 ml o más de cafeína– a personas menores de edad, una novedad legislativa que sigue el ejemplo de países como Alemania y Dinamarca. Asimismo, la ley equipara los Dispositivos Susceptibles de Liberación de Nicotina (DSLN), como cigarrillos electrónicos y vapeadores, a los productos del tabaco, aplicándoles las mismas restricciones de publicidad, venta y consumo. Se refuerzan las limitaciones al alcohol, ampliando las de la anterior Ley 11/2010, e incluyendo la prohibición de su venta en horario nocturno (entre las 22:00 y las 9:00), salvo en el consumo interior de establecimientos autorizados. También se regula el acceso de menores a establecimientos de ocio y se establecen medidas preventivas frente al juego problemático y el uso inadecuado de videojuegos y tecnologías digitales.
El texto legal estructura su actuación en torno a la prevención, el control de la oferta y la inspección. En el ámbito preventivo, se priorizan los ámbitos familiar, educativo, comunitario y sanitario, promoviendo programas basados en 'evidencia científica'. Para el control de la oferta, se prohíbe cualquier forma de publicidad, promoción o patrocinio de alcohol, tabaco, cannabis y bebidas energéticas dirigida a menores, con vetos específicos en centros educativos, sanitarios y en un radio de 100 metros alrededor de ellos. La ley también crea la Comisión en materia de prevención de las adicciones de las personas menores de edad en Galicia, un órgano colegiado adscrito a la consejería de salud pública para coordinar las políticas.
El capítulo sancionador es particularmente contundente. Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves, con multas que van desde 200 euros para las leves hasta un máximo de 601.012,11 euros para las muy graves. Se consideran infracciones muy graves, por ejemplo, el incumplimiento doloso que cause riesgo grave para la salud de los menores o la presión sobre inspectores. La competencia para sancionar infracciones leves recae en los ayuntamientos, mientras que la Xunta de Galicia se reserva las graves y muy graves. La ley habilita además la sustitución de sanciones económicas por programas preventivos o trabajos en beneficio de la comunidad.
La ley deroga expresamente la Ley 11/2010, de prevención del consumo de bebidas alcohólicas en menores, y el capítulo II de la Ley 2/1996 sobre drogas, integrándolas en un texto único. También modifica puntualmente la Ley 8/2008, de salud de Galicia. Si bien la normativa se enmarca en las competencias autonómicas en sanidad, consumo y ocio, y ha sido sometida al dictamen del Consejo Económico y Social de Galicia, su aplicación práctica podría generar controversias, especialmente en sectores como la hostelería, la publicidad y la distribución, que verán nuevas obligaciones y limitaciones. El éxito de la ley dependerá en gran medida de la coordinación entre administraciones, la efectividad de la inspección y la asignación de recursos para las acciones preventivas que ella misma promueve.