30/01/2026 · BOE-A-2026-2212
El Consorcio de Cuenca aprueba ayudas para el turismo de congresos, excluyendo a personas físicas y eventos deportivos o políticos
El organismo público establece un programa de subvenciones de hasta 10.000 euros para eventos en el casco histórico, con un complejo proceso de solicitud y justificación.
El Consorcio de la Ciudad de Cuenca ha formalizado un nuevo marco de ayudas públicas destinado a impulsar el turismo de reuniones (MICE) en la localidad. La Resolución, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 30 de enero de 2026, establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades que organicen congresos, jornadas o seminarios en la ciudad, con especial foco en su casco histórico. El texto, aprobado por el Consejo de Administración del Consorcio el 15 de diciembre de 2025, entra en vigor el 31 de enero de 2026 y despliega un mecanismo de financiación que, si bien busca dinamizar la economía local, introduce criterios de exclusión y requisitos administrativos que han suscitado análisis entre los potenciales interesados.
El objetivo declarado de la medida es la "promoción y difusión exterior de la ciudad" y el "fomento de la colaboración entre el sector público y el privado", en línea con los fines del Real Patronato de la Ciudad de Cuenca. El órgano concedente será la Comisión Ejecutiva del Consorcio, que cuenta con un presupuesto limitado y competitivo. Las ayudas están dirigidas exclusivamente a personas jurídicas, quedando expresamente excluidas las personas físicas "independientemente de su actividad profesional, artística o cultural". Pueden optar universidades, sociedades científicas, colegios profesionales, empresas del sector y entidades sin ánimo de lucro, pero no las propias Administraciones Públicas.
Criterios, exclusiones y topes económicos Las bases detallan minuciosamente los eventos subvencionables y los excluidos. Se financiarán congresos, convenciones y simposios con una duración mínima de dos días (uno para jornadas), que impliquen pernoctación y al menos 50 participantes. Quedan fuera del ámbito de las ayudas los eventos "netamente deportivos, culturales o recreativos", festivales de música o teatro, así como los congresos y asambleas de "partidos políticos, sindicatos y organizaciones similares". Esta exclusión específica podría limitar el alcance de la promoción a un tipo muy concreto de actividad, dejando fuera manifestaciones que también generan afluencia de visitantes.
La cuantía de la subvención es variable y nunca podrá superar el 50% del coste total del proyecto. Se establecen unos importes máximos en función del ámbito del evento: 10.000 euros para congresos internacionales, 9.000 para nacionales y 8.000 para regionales o jornadas. La valoración de las solicitudes ponderará el tipo de evento (35%), su impacto económico (45%) y su impacto promocional (20%).
Un procedimiento administrativo exigente El proceso para obtener y justificar la ayuda es notablemente riguroso. Los solicitantes deben acreditar su solvencia fiscal y frente a la Seguridad Social, presentar un presupuesto detallado de ingresos y gastos, y demostrar una trayectoria de actividad. La evaluación correrá a cargo de una Comisión de Valoración formada por representantes de las administraciones consorciadas. Una vez concedida, el beneficiario tiene tres meses tras la actividad para presentar la justificación, que debe incluir una memoria económica con todas las facturas y sus correspondientes justificantes de pago, además de acreditar haber incorporado el logotipo del Consorcio en toda la comunicación del evento.
Analistas consultados señalan que, si bien la transparencia y el control en el uso de fondos públicos son necesarios, la complejidad burocrática podría disuadir a pequeñas asociaciones o entidades con menos capacidad administrativa. La exclusión de las personas físicas, como profesionales autónomos que podrían organizar eventos culturales o técnicos de pequeño formato, también se percibe como una limitación que podría concentrar las ayudas en actores más institucionalizados.
La Resolución se enmarca en la legislación estatal de subvenciones (Ley 38/2003) y establece un plazo máximo de seis meses para resolver las convocatorias que se deriven de estas bases. El éxito del programa en atraer eventos de calidad a Cuenca y su impacto real en la economía local dependerá, en gran medida, de la difusión de las futuras convocatorias y de la agilidad en la gestión por parte del Consorcio.