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30/01/2026 · BOE-A-2026-2204

El Consejo General del Poder Judicial reconfigura sus inspecciones ante los "cuellos de botella" de la nueva oficina judicial

Una instrucción del Pleno adapta los procedimientos de control ante las dificultades para obtener información tras la reestructuración del sistema

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado una instrucción para remodelar los procedimientos de inspección de los tribunales, una respuesta directa a los problemas que está generando la implantación del nuevo modelo organizativo de la Justicia. La Instrucción n.º 1/2026, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 30 de enero, trata de salvar los obstáculos que, según admite el propio órgano de gobierno de los jueces, está encontrando su Servicio de Inspección para acceder a la información necesaria para su labor de supervisión.

El origen de esta adaptación se encuentra en la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas para la eficiencia del Servicio Público de Justicia. Esta norma eliminó la oficina judicial propia de cada juzgado para crear una única oficina por partido judicial, organizada en "servicios comunes" que dan apoyo a todos los magistrados. Si bien el legislativo perseguía ganar en eficiencia, la aplicación práctica ha revelado un efecto colateral no deseado en el ámbito del control interno.

Según el texto de la instrucción, el Servicio de Inspección del CGPJ y los presidentes de los principales tribunales del país han trasladado una "misma preocupación": la nueva estructura está "generando dificultades para la obtención de información relevante". Antes, los inspectores acudían a una única oficina por juzgado; ahora, la información procesal y administrativa está dispersa en distintos servicios comunes (tramitación, registros, etc.), lo que complica y ralentiza las labores de supervisión.

Para garantizar "el buen fin de la inspección", mandato recogido en la Ley Orgánica del Poder Judicial, la nueva instrucción establece un protocolo detallado. Uno de los puntos clave es la designación de un interlocutor único: el director o directora del servicio común de tramitación. A esta figura se le deberá solicitar, con carácter previo a una visita de inspección, información crucial como un listado individualizado de todos los asuntos en tramitación de un juzgado, el estado procesal de cada uno y los escritos pendientes de resolución. El día de la visita, este director deberá expedir un certificado con todos esos datos.

La instrucción refuerza también la transparencia y las garantías en el proceso. Las visitas ordinarias se anunciarán con al menos cuarenta días de antelación en la web del CGPJ y se notificarán a los jueces inspeccionados, a sus presidentes, a la Secretaría General de la Administración de Justicia e, incluso, a los colegios de abogados y procuradores para que puedan aportar informes. Tras la inspección, se levantará un acta que se entregará a los magistrados afectados para que puedan realizar observaciones antes de su remisión a la Comisión Permanente del CGPJ.

El documento detalla minuciosamente el contenido de estas actas, que deben reflejar desde disfunciones y recomendaciones hasta la "promoción de la exigencia de responsabilidad disciplinaria" si se aprecian incumplimientos de deberes por parte de jueces o personal. Además, se establece un mecanismo de evaluación posterior para verificar si las anomalías detectadas han sido corregidas.

La necesidad de esta instrucción pone de relieve los desafíos de implementación de una reforma de gran calado como la Ley 1/2025. Mientras la norma buscaba simplificar y unificar estructuras para agilizar la justicia, uno de sus pilares —la oficina judicial única— ha creado, en la práctica, un cuello de botella para una función tan esencial como la inspección. El CGPJ actúa ahora para asegurar que su capacidad de supervisión, una competencia constitucional, no quede mermada por los cambios organizativos. La efectividad de estos nuevos procedimientos será la prueba que determine si el equilibrio entre eficiencia administrativa y control institucional se ha logrado preservar.

Fuentes:

  • Boletín Oficial del Estado. "Instrucción n.º 1/2026, de 28 de enero, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, sobre la adaptación de la función de inspección de tribunales al modelo organizativo de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia." Publicado el 30 de enero de 2026. BOE-A-2026-2204
  • Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.
  • Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Ver BOE original