17/01/2026 · BOE-A-2026-991
La Rioja aprueba una extensa ley de medidas fiscales y administrativas para 2026 con cambios en IRPF, sanidad y carreteras
La norma, publicada en el BOE el 17 de enero, introduce desde una deflactación del IRPF ligada a la inflación hasta la creación de una Defensoría del contribuyente, pasando por modificaciones en tasas, urbanismo y la contratación de sanitarios
El Gobierno de La Rioja ha dado luz verde a la Ley 9/2025, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2026, un texto de gran alcance que modifica más de una docena de leyes autonómicas previas. Publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 17 de enero de 2026, aunque con fecha de disposición del 29 de diciembre de 2025, la norma despliega un amplio abanico de ajustes que afectarán a las arcas públicas, los servicios esenciales y la actividad económica de la comunidad.
El núcleo de la ley se encuentra en su Título I, dedicado a las medidas fiscales. La medida más destacada en este ámbito es la introducción de un mecanismo automático de deflactación de la escala autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Según el texto, esta escala se revisará para proteger a los contribuyentes cuando la inflación interanual en La Rioja supere el 3%. No obstante, la materialización de este blindaje contra el "arrastre fiscal" requerirá la aprobación de una ley específica en el futuro, lo que deja su aplicación efectiva en una nebulosa procedural.
En el impuesto de sucesiones y donaciones, la ley amplía los beneficiarios de ciertas reducciones para incluir a colaterales de tercer grado por afinidad, una modificación que la exposición de motivos justifica en aras de la "justicia tributaria". Asimismo, se establece una nueva deducción autonómica en el IRPF por enfermedad celiaca diagnosticada, que aplicará con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2025.
El capítulo de tributos propios y tasas introduce numerosos reajustes. Se corrigen errores en el impuesto sobre el impacto visual de instalaciones energéticas, se ajustan tarifas de tasas sanitarias, de caza y de transporte, y se crea una nueva tasa para cubrir los costes de la recuperación de perros en el centro de animales. De forma paralela, se establece una exención temporal en 2026 para algunas tarifas de la tasa de gestión de servicios agronómicos, ligada al fomento de la tramitación electrónica. Como novedad institucional, se crea la Defensoría del contribuyente, una unidad destinada a velar por los derechos de los ciudadanos en sus relaciones con la hacienda autonómica.
El Título II, de medidas administrativas, es un cajón de sastre que modifica leyes en una decena de áreas. En materia de carreteras, se habilita la imposición de multas coercitivas para infracciones y se facilita la cesión de tramos de carreteras autonómicas a los ayuntamientos. En sanidad, se crea la categoría estatutaria de Psicólogo/a General Sanitario y se establece un régimen extraordinario de tres años para convocar plazas de facultativos especialistas mediante concurso, e incluso declarar plazas "de difícil cobertura" con incentivos salariales y profesionales.
Otras modificaciones afectan a la cooperación al desarrollo, donde se introducen mecanismos de financiación rápida para emergencias; a la ley de igualdad, con medidas para agilizar el Consejo de Participación; y a la ley de espectáculos, que ahora permitirá la contratación de seguros con franquicia ante la falta de oferta en el mercado de pólizas sin ella. En urbanismo, se regula la conexión a servicios en suelo no urbanizable bajo condiciones determinadas, una medida que la exposición de motivos vincula al fomento de la actividad económica y la reducción del impacto ambiental.
La ley ha sido promulgada en uso de las competencias autonómicas y se presenta como un complemento necesario a la ley de presupuestos, siguiendo la doctrina del Tribunal Constitucional sobre las "leyes de acompañamiento". Su entrada en vigor general fue el 1 de enero de 2026.
Desde una perspectiva crítica, la ley plantea varios debates. La deflactación del IRPF, aunque popular, dependerá de una futura ley y de un índice de precios regional específico, lo que podría dilatar o complicar su efecto protector real. La proliferación de modificaciones en tasas y la creación de nuevas figuras, como la tasa por recuperación de perros, pueden percibirse como un aumento de la carga administrativa y fiscal en un contexto económico incierto. Por otro lado, medidas como los incentivos para atraer sanitarios o la agilización de trámites en igualdad y espectáculos responden a demandas sectoriales concretas, aunque su eficacia solo podrá medirse con su aplicación práctica. La creación de la Defensoría del Contribuyente es una apuesta por mejorar la transparencia y la defensa del ciudadano, un organismo cuya independencia y recursos serán clave para su credibilidad.