30/12/2025 · BOE-A-2025-27026
El Gobierno renueva por completo la Comisión de Propiedad Intelectual en un relevo generacional
El Real Decreto, publicado el 30 de diciembre, sustituye a los cuatro vocales titulares y nueve suplentes de la Sección Primera, un órgano clave para la mediación y las tarifas en el sector cultural y digital.
El Consejo de Ministros, en su reunión del 23 de diciembre de 2025, ha aprobado una renovación completa de los miembros de la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual (CPI). Este órgano colegiado, adscrito al Ministerio de Cultura, es fundamental para resolver conflictos, fijar tarifas generales y ejercer labores de control en materia de derechos de autor, un ámbito en constante evolución por la digitalización. El cambio, formalizado mediante el Real Decreto 1205/2025, se produce por la "próxima expiración" del mandato de cinco años de los vocales designados en 2020.
La norma, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 30 de diciembre, detalla el cese de cuatro vocales titulares y nueve suplentes, agradeciéndoles los servicios prestados. Entre los cesantes se encuentran expertos de reconocido prestigio que han formado parte de la Comisión durante el último lustro, un periodo marcado por desafíos como la transposición de directivas europeas y los debates en torno a la remuneración por copia privada o la gestión de derechos en entornos digitales.
En su lugar, se nombran cinco nuevos vocales titulares y sus respectivos suplentes para un nuevo periodo de cinco años, renovable una sola vez. Los nombramientos reflejan la composición plural del órgano, con designaciones a propuesta de distintos ministerios: Cultura, Presidencia (Justicia), Economía, y Transformación Digital. Esta estructura busca equilibrar las perspectivas jurídicas, culturales, económicas y tecnológicas en las deliberaciones de la CPI.
Analistas del sector señalan que este relevo generacional llega en un momento crucial. La Comisión está llamada a jugar un papel central en la aplicación de la normativa derivada del Paquete de Mercado Único Digital de la UE y en la mediación de conflictos cada vez más complejos entre creadores, gestoras de derechos y grandes plataformas digitales. La independencia y especialización de sus vocales son, por tanto, elementos considerados clave para la credibilidad de sus resoluciones.
No obstante, la designación por parte del Gobierno, aunque prevista en la ley, suscita habitualmente debates sobre la posible influencia de los intereses políticos del momento en un órgano que debe actuar con la máxima imparcialidad técnica. La capacidad de la nueva composición para mantener un equilibrio entre los distintos sectores implicados y para abordar con agilidad los nuevos retos será observada de cerca por la industria cultural, las entidades de gestión y las plataformas tecnológicas.
Fuentes:
- Real Decreto 1205/2025, de 26 de diciembre, por el que se dispone el cese y el nombramiento de vocales de la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual. Boletín Oficial del Estado núm. 314, de 30 de diciembre de 2025, páginas 179052 a 179053. BOE-A-2025-27026
- Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril).
- Real Decreto 1023/2015, de 13 de noviembre, por el que se desarrolla reglamentariamente la composición, organización y ejercicio de funciones de la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual.