30/12/2025 · BOE-A-2025-27018
La CNMC aprueba una nueva metodología retributiva para las distribuidoras eléctricas con el foco en la eficiencia
La Circular 8/2025 establece las reglas de remuneración para el periodo 2026-2031, introduciendo un modelo TOTEX e incentivando la digitalización y la calidad del servicio, en un contexto de mayor electrificación y renovables.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha dado luz verde a un nuevo marco regulatorio que determinará durante los próximos seis años cómo se pagan las actividades de las empresas que distribuyen la electricidad hasta los consumidores finales. La Circular 8/2025, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 30 de diciembre de 2025 y con entrada en vigor el 31 de diciembre, deroga la normativa anterior de 2019 y establece una metodología que, según el regulador, pretende fomentar la eficiencia, las inversiones necesarias para la transición energética y una gestión financiera prudente por parte de las distribuidoras.
El texto, de más de cuarenta páginas, responde al mandato legal de revisar la retribución al inicio de cada periodo regulatorio, que tiene una duración de seis años. El anterior, basado en la Circular 6/2019, cubría el lapso 2020-2025. El nuevo marco regirá las retribuciones desde 2026 hasta 2031, con disposiciones transitorias para los primeros años de implementación.
Cambios sustanciales en el modelo retributivo La principal novedad técnica es la adopción de un modelo TOTEX (gastos totales), que define al inicio del periodo una senda multianual que combina la retribución por inversión (CAPEX) y por operación y mantenimiento (OPEX). Este sistema va acompañado de un esquema de incentivos y un mecanismo de reparto de beneficios entre la empresa distribuidora y el sistema eléctrico en su conjunto. El objetivo declarado es doble: fomentar las inversiones eficientes en nuevas infraestructuras —cruciales para integrar energías renovables y electrificar la demanda— y optimizar el uso y mantenimiento de la red existente.
La CNMC argumenta que este modelo otorga mayor predictibilidad y estabilidad, al tiempo que incentiva a las empresas a realizar las inversiones al menor coste posible. No obstante, analistas del sector podrían señalar que la complejidad de estos mecanismos de incentivos y ajustes exige una supervisión regulatoria muy exigente para evitar distorsiones o traslados indebidos de costes a los consumidores.
Incentivos y penalizaciones reforzados La circular mantiene y ajusta dos instrumentos clave para alinear los intereses de las distribuidoras con los del sistema: los incentivos a la reducción de pérdidas técnicas en la red y a la mejora de la calidad del suministro. Si bien se mantiene la esencia de la regulación anterior, se simplifican algunos aspectos y se establecen referencias fijas al inicio del periodo para favorecer la estabilidad. Por ejemplo, se definen rangos de referencia sectoriales para las pérdidas, que se irán estrechando entre el primer y el segundo semiperiodo (2026-2028 y 2029-2031), pasando de un rango del 8-9% al 7.5-8.5%.
Otro cambio significativo es el refuerzo del incentivo —en este caso, una penalización— a la prudencia financiera. A partir del cuarto año del nuevo periodo (2029), la penalización para las empresas cuyos ratios de endeudamiento no se sitúen dentro de los rangos recomendados por la CNMC aumentará del 1% al 1.5% de su retribución anual. Esta medida busca garantizar la sostenibilidad financiera de las empresas ante las fuertes necesidades de inversión previstas.
Reconocimiento de nuevas realidades: digitalización y clima El texto legal incorpora explícitamente el reconocimiento de inversiones en digitalización, automatización y proyectos piloto relacionados con la adaptación al cambio climático. Se mencionan de forma específica actuaciones como el refuerzo estructural de redes frente a fenómenos meteorológicos extremos o el rediseño de trazados para evitar zonas de riesgo. Este enfoque refleja una adaptación regulatoria a dos desafíos contemporáneos: la necesidad de redes más inteligentes y resilientes.
Transición y aplicación gradual Dada la complejidad del nuevo modelo, la circular establece un periodo transitorio de aplicación gradual. Los cálculos retributivos para los años 2026 y 2027 se realizarán con una metodología mixta que combina elementos del nuevo y del antiguo sistema. No será hasta la retribución del año 2028 (calculada sobre la actividad de 2026) cuando se aplique plenamente la nueva fórmula TOTEX. Además, se concede una excepción a las empresas distribuidoras muy pequeñas (menos de 10.000 clientes), que podrán solicitar no aplicar el modelo TOTEX en el segundo semiperiodo (2029-2031) y mantenerse en el esquema transitorio.
Contexto e implicaciones Esta reforma se enmarca en un contexto de profundas transformaciones del sistema eléctrico español, impulsadas por los objetivos de descarbonización. Las redes de distribución se enfrentan al reto de gestionar una generación renovable más distribuida, una demanda crecientemente electrificada (con el coche eléctrico como vector clave) y eventos climáticos más severos. La metodología retributiva es el instrumento que determina qué inversiones son recuperables vía tarifas eléctricas y, por tanto, condiciona la capacidad de la red para afrontar estos retos.
Desde un punto de vista crítico, el éxito de esta nueva regulación dependerá de cómo se concrete en los parámetros económicos específicos que la CNMC deberá fijar en futuras resoluciones, y de su capacidad para equilibrar varios objetivos a veces en tensión: asegurar ingresos suficientes para financiar inversiones necesarias, incentivar la eficiencia operativa para no sobrecargar la factura de los consumidores, y mantener la estabilidad financiera de las empresas. El debate sobre si el nuevo marco logrará realmente que las inversiones se realicen "al menor coste para el sistema", como establece la ley, estará sin duda presente en la supervisión de los próximos años.
Fuentes
- Circular 8/2025, de 22 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para el cálculo de la retribución de la actividad de distribución de energía eléctrica. Publicada en el BOE núm. 314, de 30 de diciembre de 2025. Texto completo (PDF)
- Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico (BOE-A-2013-13645).
- Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (BOE-A-2013-5940).
- Circular 6/2019, de 5 de diciembre, de la CNMC, derogada por la nueva norma (BOE-A-2019-18261).