30/12/2025 · BOE-A-2025-27014
España aprueba la contratación de 13.000 trabajadores extranjeros para 2026 ante la falta de mano de obra
El Ministerio de Inclusión regula los flujos migratorios para paliar la escasez de trabajadores en agricultura y otros sectores, combinando migración temporal y estable
El Gobierno ha dado luz verde al mecanismo que permitirá la entrada de miles de trabajadores extranjeros durante el próximo año para cubrir puestos que el mercado laboral nacional no puede ocupar. La Orden ISM/1547/2025, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 30 de diciembre de 2025 y que entrará en vigor el 1 de enero de 2026, establece el marco para la gestión colectiva de contrataciones en origen, un instrumento que busca equilibrar las necesidades de la economía española con los principios de una migración "segura, ordenada y regular".
La norma, que desarrolla el nuevo Reglamento de la Ley de Extranjería vigente desde mayo de 2025, responde a lo que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones identifica como una necesidad estructural: sectores como la agricultura, la hostelería o la construcción llevan años enfrentando dificultades para encontrar mano de obra entre la población residente en España. La orden se enmarca en la estrategia más amplia del Ejecutivo de utilizar la política migratoria como "aliado en la sostenibilidad económica" y como apoyo para la ejecución de los fondos europeos de recuperación.
Un sistema de dos vías: circular y estable
La principal novedad de la orden para 2026 es la consolidación de un modelo dual que distingue entre dos tipos de migración laboral. Por un lado, la migración circular, diseñada específicamente para trabajos estacionales, especialmente en el sector agrícola. Este sistema permite a los trabajadores obtener una autorización de residencia y trabajo de cuatro años de duración, que les habilita para trabajar un máximo de nueve meses por año natural en España, tras los cuales deben retornar obligatoriamente a su país de origen. Los contratos serán fijos-discontinuos y estarán vinculados inicialmente a un único empleador, aunque se prevén mecanismos excepcionales de cambio.
Por otro lado, la orden mantiene la migración de carácter estable, destinada a cubrir puestos de trabajo no estacionales. En este caso, las autorizaciones iniciales tendrán una validez de un año y podrán renovarse, ofreciendo una vía hacia la estabilidad residencial y laboral en España. Ambos sistemas requieren que las ofertas de empleo agrupen un mínimo de diez puestos homogéneos y que se gestionen colectivamente, ya sea de forma genérica (seleccionando trabajadores en origen) o nominativa (para trabajadores concretos previamente identificados).
Garantías reforzadas y controles estrictos
Uno de los ejes centrales del texto es el capítulo de garantías para las personas trabajadoras, que busca responder a las críticas históricas sobre las condiciones de vida y trabajo de los temporeros extranjeros. La orden obliga a los empleadores a asumir el coste del viaje de llegada a España y a organizar los desplazamientos. En el caso de la migración circular, deben proporcionar un alojamiento adecuado, preferentemente gratuito o con un coste máximo del 15% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) en concepto de alquiler, más un 22% adicional máximo para gastos de suministros.
Además, se establece la obligación de traducir el contrato a un idioma comprensible para el trabajador antes de su firma, de designar una persona o servicio de referencia disponible desde el proceso de selección, y de cumplir con todos los planes de igualdad y prevención del acoso. El incumplimiento de estas garantías, así como el desistimiento injustificado del contrato tras la selección en origen, puede conllevar la denegación de futuras solicitudes del empleador por un período de dos años.
Para los trabajadores, el incumplimiento del compromiso de retorno anual en la modalidad circular tiene consecuencias graves: la autorización se extinguirá, quedarán excluidos del sistema por dos años y perderán el derecho a modificar su situación a una residencia y trabajo estable.
Procedimientos y países de origen
El proceso comienza con la presentación de una oferta de empleo colectiva ante las autoridades competentes (Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno, u órganos autonómicos en comunidades con competencias transferidas). Tras verificar que no hay trabajadores nacionales disponibles a través del Servicio Público de Empleo, se autoriza un proceso de selección en el país de origen.
La orden prioriza los países con los que España tiene acuerdos de regulación de flujos migratorios, como Marruecos, Colombia, Ecuador, República Dominicana y Ucrania, entre otros. En estos países, las selecciones las realizarán comisiones mixtas con participación de las autoridades locales, los empleadores españoles y, en calidad de asesores, representantes sindicales y empresariales. Se fomenta el uso del currículum Europass y se permite la selección no presencial mediante videoconferencia.
Críticas y perspectivas
Si bien el Gobierno presenta esta orden como un avance en seguridad jurídica y protección de derechos, alineado con el Pacto Mundial para la Migración, distintas voces han planteado reservas. Desde el ámbito sindical se cuestiona si los mecanismos de control, que incluyen la creación de Comisiones Provinciales de Flujos Migratorios y la supervisión de la Inspección de Trabajo, serán suficientes para prevenir abusos en un modelo que, por definición, crea una relación de dependencia muy fuerte del trabajador hacia un empleador concreto.
Por otro lado, algunos expertos en mercados laborales señalan que la dependencia creciente de la contratación en origen puede actuar como un parche que postergue la necesaria mejora de las condiciones laborales y salariales en sectores como la agricultura, que históricamente han tenido dificultades para atraer a trabajadores nacionales. La eficacia del sistema también dependerá de una gestión administrativa ágil, evitando los retrasos burocráticos que en ocasiones han hecho llegar a los temporeros cuando ya ha pasado el pico de la cosecha.
La orden prevé una revisión semestral de las cifras para adaptarlas a la evolución del mercado de trabajo, un reconocimiento implícito de la dificultad de planificar con exactitud las necesidades de mano de obra con un año de antelación. El éxito de este marco se medirá no solo por el número de contratos ejecutados, sino por su capacidad para garantizar derechos, prevenir la explotación y contribuir a un modelo económico más sostenible.