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30/12/2025 · BOE-A-2025-27008

El Gobierno extiende las obligaciones de servicio postal universal a las elecciones de Extremadura y Aragón

Un acuerdo del Consejo de Ministros garantiza el cumplimiento de requisitos especiales para el envío de material electoral en los comicios autonómicos de finales de 2025 y 2026.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este lunes, 30 de diciembre de 2025, la Orden PJC/1544/2025, que da carácter oficial a una decisión del Ejecutivo para asegurar el servicio postal en procesos electorales clave. El texto, firmado por el ministro de la Presidencia, Félix Bolaños, recoge el Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de diciembre, por el que se declara de aplicación un marco de obligaciones de servicio público para el prestador del servicio postal universal.

El núcleo de la disposición es la extensión de unas garantías postales ya establecidas. Originalmente, en su reunión del 2 de diciembre, el Consejo de Ministros aprobó un acuerdo que imponía obligaciones específicas al operador postal designado para el servicio universal con motivo de las elecciones a la Asamblea de Extremadura del 21 de diciembre de 2025 y de cualquier otro proceso electoral autonómico que se convocase a lo largo de 2026. Sin embargo, la posterior convocatoria de elecciones a las Cortes de Aragón, fijadas para el 8 de febrero de 2026, hizo necesaria una adaptación normativa.

Por ello, a propuesta de la Vicepresidenta Primera y ministra de Hacienda, del ministro del Interior y del ministro de Economía, Comercio y Empresa, el Consejo de Ministros del 23 de diciembre acordó declarar que ese mismo régimen de obligaciones se aplicará también a los comicios aragoneses. Esta medida tiene como objetivo principal garantizar que el servicio postal funcione con plenas garantías durante los períodos electorales, un aspecto logístico crucial para la administración electoral, que puede incluir el envío de documentación, papeletas o la gestión del voto por correo.

La publicación de este acuerdo en el BOE, con fecha 30 de diciembre, supone su entrada en vigor y su conocimiento público, asegurando la transparencia en un procedimiento que afecta a derechos fundamentales como el del sufragio. La norma no especifica la naturaleza concreta de las "obligaciones de servicio público", pero se enmarca en la potestad del Gobierno para establecer requisitos especiales al operador postal en situaciones consideradas de interés general, como son los procesos electorales. Esta decisión evidencia la coordinación necesaria entre diferentes administraciones y servicios públicos en la organización de citas electorales sucesivas en un corto espacio de tiempo.

Fuentes

  • Boletín Oficial del Estado. Orden PJC/1544/2025, de 26 de diciembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de diciembre de 2025. Publicado el 30/12/2025. Número BOE-A-2025-27008. Disponible en línea.
  • Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de diciembre de 2025, publicado previamente por Orden PJC/1461/2025, de 15 de diciembre (BOE-A-2025-25814).
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