22/12/2025 · BOE-A-2025-26305
El Poder Judicial concentra en nueve juzgados las demandas por cláusulas abusivas en hipotecas para 2026
La Comisión Permanente del CGPJ designa tribunales en Madrid, Cataluña, Valencia, País Vasco y Murcia para conocer de forma exclusiva estas acciones, una medida temporal para agilizar la resolución de estos conflictos.
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), en pleno ejercicio de sus funciones a pesar de su mandato en extensión, ha adoptado un acuerdo que reorganiza la competencia para un tipo de litigio muy específico y de gran impacto social. Publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el domingo 22 de diciembre de 2025, el texto establece que, durante todo el año 2026, las acciones individuales que cuestionen las condiciones generales de los contratos de financiación con garantía hipotecaria para personas físicas solo podrán interponerse ante uno de los nueve Juzgados de Instancia designados en cinco comunidades autónomas.
La medida, tomada en base al artículo 96.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), busca concentrar la casuística y especializar a estos tribunales en una materia jurídica compleja y con una litigiosidad constante desde la crisis financiera de 2008. El ámbito de aplicación es estricto: afecta únicamente a demandas individuales (no colectivas) sobre cláusulas potencialmente abusivas (como las cláusulas suelo) incluidas en préstamos o hipotecas garantizadas con bienes inmuebles, donde el prestatario sea un particular.
La atribución de competencia es, en la mayoría de los casos, "exclusiva y excluyente". Esto significa que, para los territorios indicados, solo el juzgado designado podrá conocer de estos asuntos, y ningún otro tribunal de la misma provincia podrá admitirlos a trámite. Esta categoría se aplica a los juzgados de Alicante, Castellón, Valencia, Madrid, Vitoria-Gasteiz, Donostia-San Sebastián, Bilbao y Murcia.
Existe, no obstante, una excepción significativa: el Juzgado de Instancia de Barcelona (Sección Civil), designado para toda la provincia de Barcelona, tendrá competencia "exclusiva y no excluyente". Esta peculiaridad jurídica implica que, si bien este juzgado es competente para conocer de estos casos, no impide que otros juzgados de la misma provincia puedan, en teoría, admitirlos también. Esta distinción, que podría generar inseguridad jurídica o confusión entre los ciudadanos, no es explicada en el acuerdo del BOE.
La decisión se enmarca en un contexto de búsqueda de eficiencia en la Administración de Justicia, frecuentemente lastrada por la saturación de asuntos. La concentración de procedimientos similares en un solo órgano puede favorecer una jurisprudencia más uniforme y una gestión más ágil. Sin embargo, la medida también plantea cuestiones críticas. Para los demandantes, supone la obligación de dirigirse a la capital de provincia correspondiente, lo que puede suponer un coste añadido y una traba para el acceso a la justicia, especialmente para quienes residen en zonas rurales o alejadas. Además, concentrar miles de potenciales demandas en un único juzgado por territorio podría colapsar dichos órganos, contrarrestando el beneficio de la especialización.
El acuerdo, fechado el 2 de diciembre de 2025 y firmado por la presidenta del CGPJ en funciones, María Isabel Perelló Domenech, tiene un carácter temporal expreso. Producirá efectos desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2026, según establece el artículo 96.4 de la LOPJ. Los juzgados designados deberán, no obstante, resolver todos los procesos de esta materia que ya tuvieran pendientes antes de esa fecha.
Esta iniciativa refleja un intento de la cúpula judicial de dar una respuesta ágil a un problema endémico, siguiendo la estela de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que ha reforzado la protección de los consumidores frente a las cláusulas abusivas. No obstante, su éxito dependerá de la dotación de recursos humanos y materiales de los juzgados designados y de la claridad informativa hacia la ciudadanía para evitar desistimientos por la complejidad del nuevo mapa competencial.