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22/10/2025 · BOE-A-2025-21209

El Gobierno separa las jurisdicciones civil y penal en dos tribunales de instancia para "acelerar la justicia"

Un real decreto divide la Sección Única en órganos especializados en Puerto del Rosario y Arganda del Rey, en el marco de la reforma de la planta judicial

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes, 21 de octubre de 2025, una modificación organizativa en dos partidos judiciales que pretende agilizar la tramitación de los procedimientos. Mediante el Real Decreto 930/2025, publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se establece la separación de la Sección Única, de Civil y de Instrucción, en los Tribunales de Instancia de Puerto del Rosario (Las Palmas) y Arganda del Rey (Madrid). La norma, que entra en vigor este jueves, 23 de octubre, surtirá efectos prácticos el próximo 31 de diciembre.

La medida se enmarca en el proceso de implantación del nuevo modelo de Tribunales de Instancia, creados por la Ley Orgánica 1/2025, de medidas para la eficiencia del servicio público de Justicia. Dicha ley transformó los antiguos Juzgados de Primera Instancia e Instrucción en un único órgano por partido judicial, integrado inicialmente en una Sección Única que asume ambas jurisdicciones. No obstante, la Ley de Demarcación y Planta Judicial de 1988 prevé la posibilidad de separar estas competencias cuando el número de magistrados de la sección lo aconseje.

El real decreto ejecuta esa posibilidad en dos localidades. En el partido judicial de Arganda del Rey, la actual Sección Única del Tribunal de Instancia se dividirá en una Sección Civil, con seis plazas de magistrado, y una Sección de Instrucción, con cuatro. En Puerto del Rosario, donde el Tribunal de Instancia debe constituirse formalmente el 31 de diciembre, se establece directamente su organización en una Sección Civil de cinco plazas y una Sección de Instrucción de tres.

El texto justifica la decisión en la necesidad de "adecuar la planta judicial a las necesidades existentes", argumentando que permitirá "una mayor especialización y, por consiguiente, mayor eficiencia en la tramitación de los procedimientos". El Gobierno sostiene que esta separación contribuirá a "agilizar la actividad judicial ordinaria", un objetivo prioritario dada la saturación crónica que afecta a numerosos órganos judiciales en España.

El procedimiento se ha impulsado a partir de propuestas de los propios órganos judiciales afectados. Tanto la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Canarias como la de la Comunidad de Madrid, junto con las juntas sectoriales de jueces de ambos partidos, solicitaron la separación. La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) informó favorablemente las propuestas en abril y julio de 2024, respectivamente. Asimismo, se han recabado los informes preceptivos de las comunidades autónomas de Canarias y Madrid.

Contexto de una reforma mayor Esta separación es un desarrollo concreto de la amplia reforma organizativa iniciada a principios de 2025. La Ley Orgánica 1/2025 supuso un cambio de modelo, sustituyendo juzgados unipersonales por Tribunales de Instancia, con el objetivo declarado de ganar eficiencia y flexibilidad en la gestión de recursos. La norma general es que estos tribunales operen con una Sección Única, pero la ley abre la puerta a esta especialización por territorios en función de la carga de trabajo.

La crítica y el análisis de esta reforma global han girado en torno a su capacidad real para descongestionar los tribunales. Defensores del cambio argumentan que una organización más integrada y flexible permite una mejor distribución de los asuntos. Sin embargo, algunos sectores de la judicatura y el foro han mostrado escepticismo, subrayando que los problemas estructurales de la Justicia española —como la insuficiencia de personal, la falta de medios tecnológicos o la complejidad procedural— requieren soluciones más profundas y dotaciones presupuestarias mayores.

La separación de jurisdicciones en Puerto del Rosario y Arganda del Rey puede interpretarse como un reconocimiento tácito de que, en partidos judiciales con una elevada densidad de población o una litigiosidad alta, la especialización es un paso necesario. No obstante, se plantea la cuestión de si esta medida, aplicada de forma aislada en dos puntos del mapa judicial, tendrá un impacto significativo en los tiempos de respuesta de la Justicia o si, por el contrario, debería extenderse a otros territorios con similares problemas de saturación.

El real decreto ha prescindido de los trámites de consulta y audiencia pública, al considerarse una norma de organización interna sin un impacto económico significativo. Su entrada en vigor el día siguiente a su publicación refleja la voluntad de acelerar su implementación, aunque los cambios efectivos en la distribución del trabajo no se materializarán hasta finales de año.

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