25/09/2025 · BOE-A-2025-19029
El sector del agua aprueba un nuevo convenio colectivo con subidas salariales del 3% anual y reducción de jornada hasta 2027
El VII Convenio Colectivo Estatal del Ciclo Integral del Agua, publicado en el BOE, establece el marco laboral para 45.000 trabajadores y introduce mejoras retributivas junto con una progresiva disminución de la jornada laboral
El Boletín Oficial del Estado ha publicado este 25 de septiembre de 2025 la Resolución de la Dirección General de Trabajo que registra el VII Convenio Colectivo Estatal del Ciclo Integral del Agua, un acuerdo que regulará las condiciones laborales de aproximadamente 45.000 trabajadores del sector hasta el 31 de diciembre de 2027. El convenio, negociado entre la Asociación Española de Empresas Gestoras de Agua Urbana (DAQUAS) y los sindicatos FICA-UGT y FSC-CCOO, fue suscrito el 30 de junio de 2025 y subsanado mediante acta el 4 de septiembre del mismo año.
El ámbito de aplicación del convenio abarca todo el territorio español e incluye a las empresas cuya actividad principal se encuentre dentro del ciclo integral del agua: captación, elevación, conducción, tratamiento -incluida la desalación-, distribución de aguas potables y la evacuación mediante redes de alcantarillado, saneamiento y depuración de aguas residuales. El texto mantiene su vigencia desde el 1 de enero de 2024 hasta finales de 2027, con posibilidad de prórroga anual automática si no media denuncia expresa.
En materia retributiva, el acuerdo establece incrementos salariales del 3% para cada año del convenio (2024, 2025, 2026 y 2027), con cláusulas de revisión adicionales vinculadas al IPC. Según las tablas salariales publicadas en los anexos, los salarios base para 2025 oscilan entre los 1.113,27 euros mensuales del Grupo Profesional 1 y los 1.333,72 euros del Grupo Profesional 6. El convenio introduce también un complemento de administración de 25 euros mensuales para el personal de áreas administrativas de los grupos 1, 2 y 3.
Uno de los aspectos más significativos del acuerdo es la reducción progresiva de la jornada laboral. Para 2024 y 2025 se mantiene en 1.744 horas anuales, reduciéndose a 1.712 horas en 2026 y a 1.700 horas en 2027. Esta disminución representa un avance en las condiciones laborales del sector, aunque plantea desafíos organizativos para las empresas que deberán mantener la continuidad del servicio esencial que prestan.
El convenio regula exhaustivamente los complementos salariales por trabajos en turnos, guardias y retenes, con incrementos progresivos hasta 2027. Así, el plus de retén pasará de 15,53 euros diarios en 2025 a 25 euros en 2027, mientras que el plus por guardia se sitúa en 7,35 euros por hora efectiva trabajada en 2025.
En el capítulo de igualdad y conciliación, el texto incorpora un anexo específico con medidas planificadas para la igualdad efectiva e inclusión de las personas LGTBI, incluyendo protocolos contra la discriminación y el acoso. Asimismo, se garantiza el derecho a la desconexión digital y se establecen medidas de protección para víctimas de violencia de género, que dispondrán de 25 horas anuales de libre disposición.
La contratación y la movilidad funcional también reciben atención detallada en el convenio, que regula los contratos fijos discontinuos y establece criterios para la movilidad geográfica y funcional. En materia de prevención de riesgos laborales, se crea una Comisión Técnica Sectorial de Seguridad y Salud Laboral con composición paritaria.
El acuerdo incluye una cláusula de subrogación convencional que garantiza los derechos de los trabajadores en caso de cambio de empresa adjudicataria en contratos de explotación de servicios, estableciendo procedimientos detallados para asegurar la continuidad de las condiciones laborales.
Desde la perspectiva de la negociación colectiva, el convenio articula una estructura multinivel que reserva al ámbito estatal materias como modalidades de contratación, sistema de clasificación profesional o régimen disciplinario, mientras que deja a los convenios territoriales la concreción de aspectos retributivos y de organización del trabajo.