07/07/2025 · BOE-A-2025-13871
Sanidad deroga la prohibición de trasplantes de órganos de donantes con VIH vigente desde 1987
La nueva orden ministerial, publicada en el BOE el 7 de julio de 2025, elimina las restricciones que impedían el uso terapéutico de órganos de personas con infección por VIH
El Ministerio de Sanidad ha derogado mediante la Orden SND/697/2025, de 30 de junio, la normativa de 1987 que establecía la obligatoriedad de realizar pruebas de detección del VIH y prohibía el trasplante de órganos cuando los resultados fueran positivos. La nueva disposición, que entrará en vigor el 8 de julio de 2025, equipara la gestión del riesgo asociado al VIH con el de otras infecciones en el ámbito de la donación y trasplante de órganos.
La norma deroga expresamente la Orden de 24 de junio de 1987, que había permanecido vigente durante casi cuatro décadas. Según el texto publicado en el Boletín Oficial del Estado, la evolución científica y médica en el tratamiento del VIH justifica este cambio. La infección por VIH ha pasado de ser una enfermedad mortal a una patología crónica controlable, lo que ha modificado radicalmente la perspectiva médica y social.
La orden ministerial destaca que los avances en las técnicas de diagnóstico y tratamiento, junto con la existencia de sistemas de coordinación como la Organización Nacional de Trasplantes, garantizan la seguridad en los procesos de caracterización de donantes. Actualmente, todos los hospitales autorizados aplican protocolos exhaustivos que incluyen el cribado de enfermedades transmisibles, lo que permite evaluar adecuadamente los riesgos.
El texto hace referencia a experiencias internacionales, como la Ley HOPE de Estados Unidos (2013) y las prácticas iniciadas en Sudáfrica (2008), que demostraron la viabilidad de los trasplantes entre personas con VIH con resultados equiparables a los trasplantes convencionales. En España, hasta ahora, las personas con VIH que necesitaban un trasplante solo podían recibir órganos de donantes sin la infección, mientras que se les impedía contribuir como donantes.
La nueva normativa se alinea con la regulación europea, particularmente con la Directiva 2010/53/UE y el recientemente aprobado Reglamento (UE) 2024/1938, que establece que los requisitos técnicos deben actualizarse mediante directrices técnicas en lugar de through disposiciones legales rígidas. Durante su tramitación, se consultó a las comunidades autónomas, la Comisión Permanente de Trasplantes y el Instituto de Salud Carlos III.