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05/06/2025 · BOE-A-2025-11198

El Tribunal Constitucional admite el recurso de Cantabria contra el decreto de urgencia para menores migrantes

El alto tribunal evaluará la constitucionalidad de las medidas excepcionales aprobadas por el Gobierno para la tutela de menores extranjeros no acompañados en situaciones de contingencia.

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha dado el primer paso para un enfrentamiento jurídico de calado entre el Estado y al menos una comunidad autónoma. Mediante providencia de 27 de mayo de 2025, admitida a trámite y publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 5 de junio, el TC aceptará examinar la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el Gobierno de Cantabria contra el Real Decreto-ley 2/2025, de 18 de marzo.

El texto legal recurrido, aprobado por el Consejo de Ministros, tiene como objetivo declarado "la garantía del interés superior de la infancia y la adolescencia ante situaciones de contingencias migratorias extraordinarias". En la práctica, establece un mecanismo excepcional para redistribuir y asumir la tutela de menores extranjeros no acompañados cuando una comunidad autónoma declare una situación de "saturación" en su sistema de protección. La norma habilita al Ministerio de Derechos Sociales a coordinar una respuesta estatal, incluyendo la posible reubicación de estos menores en otras regiones.

La decisión del TC de admitir el recurso (n.º 3224-2025) no prejuzga el fondo del asunto, pero confirma que la impugnación plantea cuestiones de suficiente entidad constitucional como para ser estudiadas. El recurso de Cantabria, según las referencias incluidas en el BOE, se centra en los artículos 35 bis a quinquies, 52 y las disposiciones adicionales 11 y 12 de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros, en la redacción introducida por este real decreto-ley.

El conflicto subyacente toca dos nervios sensibles del modelo territorial español: la distribución de competencias en materia de protección de menores y la tensión entre la capacidad de acción urgente del Estado y la autonomía de las comunidades. El Gobierno central justificó la norma como una herramienta necesaria para dar una respuesta coordinada a crisis humanitarias puntuales, alegando el interés superior del menor como principio rector. Sin embargo, desde algunas autonomías, como Cantabria, se percibe como una intromisión en sus competencias exclusivas en asistencia social y una posible herramienta para desequilibrar la carga entre territorios.

Este recurso se enmarca en un debate recurrente sobre la gestión de la migración de menores, que a menudo genera fricciones entre comunidades con diferentes capacidades y políticas. La vía del decreto-ley, reservada para casos de "extraordinaria y urgente necesidad", es otro de los aspectos que podría ser sometido a escrutinio, al cuestionarse si la situación justificaba esta vía excepcional, que elude el debate parlamentario previo.

El procedimiento ante el Tribunal Constitucional se alargará probablemente durante meses. Su sentencia, que será vinculante, tendrá la última palabra sobre si el mecanismo de solidaridad forzosa diseñado por el Gobierno para proteger a los menores migrantes se ajusta a la Carta Magna o, por el contrario, vulnera el reparto competencial.

Fuentes:

  • Boletín Oficial del Estado (BOE). "Providencia del Tribunal Constitucional. Recurso de inconstitucionalidad n.º 3224-2025." Publicado el 5 de junio de 2025. BOE-A-2025-11198
  • Real Decreto-ley 2/2025, de 18 de marzo, por el que se aprueban medidas urgentes para la garantía del interés superior de la infancia y la adolescencia ante situaciones de contingencias migratorias extraordinarias (BOE-A-2025-5404).
Ver BOE original