02/06/2025 · BOE-A-2025-10884
Cantabria sustituye licencias por declaraciones responsables en una ambiciosa ley de simplificación
La Ley 2/2025, de Simplificación Administrativa, modifica decenas de normativas sectoriales para reducir trámites burocráticos, aunque expertos alertan sobre posibles riesgos en controles ambientales y patrimoniales.
El Gobierno de Cantabria ha dado un paso histórico en su relación con ciudadanos y empresas al promulgar la Ley 2/2025, de 2 de abril, de Simplificación Administrativa de Cantabria, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 2 de junio de 2025. Esta norma transversal, que entró en vigor el 5 de abril de 2025, pretende reducir drásticamente la burocracia y agilizar los procedimientos en toda la administración autonómica y local. Su objetivo declarado es convertir la administración en un "agente facilitador" del crecimiento económico y la creación de empleo, priorizando la declaración responsable frente a la autorización o licencia previa en la mayoría de los ámbitos.
La ley, de más de cien páginas, establece un marco general de simplificación y modifica de forma simultánea una treintena de leyes y decretos autonómicos en materias tan diversas como urbanismo, medio ambiente, aguas, patrimonio cultural, espectáculos, fundaciones, artesanía o caza. Su piedra angular es el fomento de la "declaración responsable" como instrumento para el inicio de actividades económicas, sustituyendo a la licencia de actividad tradicional. Esto significa que, salvo en casos excepcionales, un empresario podrá iniciar su negocio presentando una declaración jurada de que cumple con todos los requisitos legales, sin necesidad de esperar a una resolución expresa de la administración. Los controles se realizarán a posteriori.
Entre las medidas más destacadas figura la creación de una figura nueva: los Proyectos Empresariales Estratégicos de Cantabria. Aquellas inversiones superiores a 50 millones de euros o que generen más de 100 empleos directos podrán ser declaradas estratégicas, lo que les concederá plazos de tramitación reducidos a la mitad, preferencia en líneas de ayuda y posible declaración de interés social a efectos expropiatorios. Se prevé también una Unidad Aceleradora de Proyectos en el Gabinete de la Presidencia para agilizar estos expedientes.
En el ámbito digital, la ley impulsa la creación de una Plataforma de Gobernanza de Datos, una Carpeta Empresarial única y el uso de inteligencia artificial para guiar trámites. Además, consagra el "principio de unidad de mercado", por el cual las autorizaciones y certificaciones obtenidas en cualquier comunidad autónoma tendrán validez automática en Cantabria.
No obstante, la norma no está exenta de polémica. Numerosas modificaciones sectoriales relajan controles administrativos en ámbitos sensibles. Por ejemplo, en materia de vertidos al litoral, se crea una nueva categoría de "vertido nivel 0" (como aguas pluviales o de refrigeración) que solo requiere una declaración responsable, no autorización. Se elimina la obligación de presentar un estudio de evaluación de impacto para vertidos de poca carga contaminante. En el Parque Natural de Oyambre, se modifica la normativa para permitir el aparcamiento de autocaravanas en determinadas circunstancias.
En patrimonio cultural, se suprime el informe preceptivo de la Comisión Técnica de Patrimonio Arqueológico para autorizar actuaciones arqueológicas y se reduce el plazo para ejercer el derecho de retracto sobre bienes de interés cultural. En espacios naturales protegidos, se introduce la declaración responsable para ciertas actuaciones, en lugar de la autorización expresa. Además, se suprime formalmente la Comisión Regional de Conservación de la Naturaleza, un órgano consultivo que, según el preámbulo, no se reunía desde 2007.
Los ayuntamientos se ven directamente afectados. La ley suprime la necesidad de licencia de actividad municipal para el desarrollo de actividades económicas, que es sustituida por la declaración responsable presentada ante el consistorio. Esta modificación es de aplicación inmediata, sin necesidad de que los ayuntamientos adapten sus ordenanzas. Si bien la norma recalca que los municipios mantienen sus potestades de inspección y sanción, la carga del control se desplaza hacia una fiscalización posterior, lo que requiere recursos inspectores que no todas las localidades poseen.
El texto también contempla un régimen sancionador específico para castigar las falsedades en las declaraciones responsables, con multas que pueden llegar a 900.000 euros para infracciones muy graves. Para dotar de mayor seguridad al sistema, se regulan las Entidades Colaboradoras de Certificación, empresas privadas o colegios profesionales que podrán emitir certificados e informes técnicos, aunque bajo la supervisión final de la administración.
Desde una perspectiva crítica, la ley plantea un equilibrio delicado entre agilidad administrativa y preservación de garantías. Defensores de la norma argumentan que elimina trabas injustificadas que ahogan la iniciativa empresarial, especialmente la de pequeños emprendedores, y que se alinea con las tendencias de modernización de las administraciones europeas. Sin embargo, sectores ecologistas, urbanísticos y patrimoniales podrían ver con preocupación la reducción de controles previos en actividades con potencial impacto ambiental o cultural, confiando quizás en exceso en la eficacia de los controles posteriores y en la veracidad de las declaraciones juradas. El éxito de este modelo dependerá, en gran medida, de que la administración autonómica y local cuente con los medios humanos y técnicos suficientes para realizar una inspección sólida y disuasoria una vez las actividades hayan comenzado.
Fuentes:
- Ley 2/2025, de 2 de abril, de Simplificación Administrativa de Cantabria. Publicada en el BOE núm. 132, de 2 de junio de 2025 (BOE-A-2025-10884). Texto completo.
- Boletín Oficial de Cantabria núm. 66, de 4 de abril de 2025 (publicación original de la ley).